
El Gobierno de El Salvador puso en marcha este martes 21 de abril la reforma al Código Tributario que elimina la retención del impuesto sobre los rendimientos de capital para inversionistas extranjeros en títulos valores dentro del mercado bursátil local. Con esta medida, el país busca reforzar la competitividad de su sistema financiero y atraer capitales foráneos.
Anteriormente, los inversionistas no domiciliados —ya sean personas físicas, jurídicas, sociedades irregulares, uniones de personas, sucesiones o fideicomisos— debían enfrentar una retención del 3 % sobre las rentas y ganancias obtenidas en títulos valores negociados a través de la Bolsa de Valores salvadoreña. La reforma, originada por la solicitud del gobierno central, exime a partir de esta fecha a dichos inversores tanto de la retención como del pago del Impuesto sobre la Renta en este rubro, aproximando la legislación salvadoreña a estándares impositivos de mercados bursátiles competidores en la región.
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Los rendimientos del capital invertido en títulos valores en el sistema financiero salvadoreño por personas o entidades no domiciliadas quedan excluidos de la obligación de contribuir al fisco vía retención, como señala el nuevo texto del artículo 158 del Código Tributario. De este modo, la norma deroga el inciso que imponía la retención sobre transacciones tanto en los mercados primario como secundario de la Bolsa de Valores de El Salvador.
En contraste, otros tipos de pagos a sujetos no domiciliados en el país siguen gravados a una tasa general del 20 %, una excepción que ubica a los capitales bursátiles foráneos en una posición de mayor ventaja. El Ministerio de Hacienda defendió la reforma ante la Asamblea Legislativa con el siguiente argumento: “de lo contrario se genera menor recaudación fiscal y, en consecuencia, un menor crecimiento económico”.
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“El porcentaje mencionado, provoca un desincentivo a la inversión extranjera, especialmente de aquellos que realizan operaciones en el mercado bursátil, lo que redunda en la fuga de capitales extranjeros”, se justificó la medida en el decreto.
Refuerzo a la supervisión fiscal y nuevas obligaciones para casas corredoras de bolsa
La reforma tributaria introduce también controles adicionales sobre la operativa de los inversionistas internacionales. Desde ahora, las casas corredoras de bolsa domiciliadas en El Salvador deberán informar periódicamente a la Administración Pública la identidad y las transacciones realizadas por inversionistas no domiciliados activos en el mercado de valores nacional.
Esta obligación se cumplirá en los plazos de liquidación de retenciones que establece el artículo 62 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, a más tardar en diciembre del año fiscal correspondiente.
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El Código Tributario salvadoreño, pieza central para la regulación de la relación entre el Estado y los contribuyentes, se ajusta con una modificación que modifica la estructura de incentivos del mercado interno de valores. Con este cambio, El Salvador busca consolidar su atractivo como destino de inversiones de capital dentro del entorno jurídico regional, priorizando reglas claras para los operadores extranjeros y mecanismos de fiscalización reforzados.

La nueva normativa vigente sitúa a El Salvador entre las jurisdicciones de Centroamérica más abiertas a la recepción de capitales extranjeros en su bolsa de valores, distinguiéndose con la eliminación de la retención del 3 % e incorporando el compromiso de transparencia y reporte fiscal de los intermediarios financieros locales.
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