¿Cuándo vence el plazo para pagar Ganancias por operaciones de dólar futuro?

Se trata de un impuesto extraordinario aplicable por única vez

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El impuesto surgirá de aplicar
El impuesto surgirá de aplicar 15% sobre utilidades derivadas de la operatoria. (iStock)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que el 28 de junio vence el plazo para pagar el impuesto por las ganancias obtenidas con las operaciones de dólar futuro realizadas en 2016.

A través de un comunicado de prensa, el organismo indicó que la presentación del impuesto vencerá el 26 de junio y que "ambas fechas son para todas las terminaciones de CUIT y abarca tanto a las personas como a las empresas".

La medida fue adoptada a través de la Resolución General 4078 publicada en el Boletín Oficial, mientras que el organismo recaudador indicó que "quienes estén alcanzados por el impuesto, deberán ingresar a la web de la AFIP (www.afip.gob.ar) con Clave Fiscal y utilizar el servicio `Registración de Operaciones con Instrumentos y/o Contratos Derivados´, opción `Calculo Del Impuesto de la Ley 27346".

"El impuesto surgirá de aplicar la tasa del 15% sobre las utilidades derivadas de 'diferencias positivas de precio' por operaciones de compra y venta de contratos de futuros sobre subyacentes moneda extranjera", agrega el comunicado, que recuerda que "la ley 27.346 estableció el Impuesto Extraordinario a las Operaciones Financieras Especulativas (Dólar Futuro), aplicable por única vez".