
El Gobierno nacional homologó una nueva escala salarial para el personal de casas particulares, tras el plenario de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP). El acuerdo fijó aumentos escalonados entre abril y julio, estableció la absorción gradual de sumas no remunerativas al salario básico y actualizó el adicional que rige para los trabajadores de zonas desfavorables.
Sobre este último punto, es importante recordar que el personal de casas particulares que presta servicios en determinadas zonas del país percibe un plus sobre su salario básico, en concepto de “zona desfavorable”. El último acuerdo elevó ese adicional de 30% a 31% sobre los salarios mínimos correspondientes a cada categoría.
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El beneficio alcanza a los trabajadores y trabajadoras que se desempeñan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y también en el partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires.
Los aumentos escalonados entre abril y julio
El acuerdo estableció incrementos mensuales acumulativos sobre los salarios mínimos del sector. La suba es de 1,8% en abril, 1,6% en mayo, 1,5% en junio y 1,4% en julio.
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Además, el convenio dispuso la incorporación gradual de la suma no remunerativa de marzo al salario básico. Ese monto se integra en dos tramos: 50% en abril y el 50% restante en julio.

La suma no remunerativa que se absorbe es de $20.000 para el personal que trabaja 16 horas semanales o más sin retiro; de $11.500 para quienes tienen jornadas de entre 12 y 16 horas; y de $8.000 para las jornadas de hasta 12 horas semanales.
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La CNTCP tiene prevista una nueva reunión en julio, en la que revisará la evolución de los salarios en función del contexto económico.
Cuánto cobra cada categoría en mayo
Con la actualización de mayo, los salarios mínimos por categoría quedaron fijados de la siguiente manera:
Supervisores: con retiro, $4.233,81 por hora y $528.158,40 mensuales; sin retiro, $4.614,42 por hora y $585.432,62 por mes.
Personal para tareas específicas: con retiro, $4.022,91 por hora y $492.481,06 mensuales; sin retiro, $4.387,44 por hora y $545.356,31 por mes.
Caseros: $3.805,10 por hora y $481.109,55 mensuales.
Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $3.805,10 por hora y $481.109,55 mensuales; sin retiro, $4.231,78 por hora y $533.256,50 por mes.
Personal para tareas generales: con retiro, $3.547,44 por hora y $435.200,99 mensuales; sin retiro, $3.805,10 por hora y $481.109,54 por mes.
Los montos correspondientes a aportes y contribuciones de mayo registran un incremento menor, limitado al componente del seguro por accidentes de trabajo.
Los valores vigentes son: $37.571,05 para jornadas de 16 horas semanales o más; $14.077,89 para quienes trabajan entre 12 y 16 horas; y $9.006,78 para quienes prestan tareas menos de 12 horas por semana.
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La obligación de registrar a las trabajadoras
Con independencia de la cantidad de horas trabajadas o la modalidad de contratación, la registración del vínculo laboral ante ARCA es una obligación legal para todos los empleadores de personal doméstico.

El trámite es digital y debe realizarlo el empleador. Si no cuenta con clave fiscal, debe gestionarla antes de iniciar el proceso.
El procedimiento comienza con el ingreso del CUIL de la trabajadora, que habilita la carga automática de sus datos personales. A continuación, el empleador debe completar información sobre el domicilio, el tipo de tareas, la cantidad de horas semanales, la modalidad de pago, la remuneración, la fecha de ingreso y la condición contractual.
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También es obligatorio declarar la dirección donde se realizarán las tareas: si ya figura en el sistema, puede seleccionarse; si no, debe cargarse manualmente. Antes de finalizar, el sistema permite verificar y corregir todos los datos ingresados.
Los pasos concretos son: ingresar a la web de ARCA con clave fiscal; cargar el CUIL de la trabajadora; completar domicilios; declarar horas semanales, modalidad de pago, remuneración, tipo de vínculo, fecha de inicio y condición laboral; y confirmar el registro.
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