En una entrevista en Infobae en vivo, Andrés Uslenghi, abogado especialista en Derecho Administrativo que integró el equipo de defensa del Estado argentino, afirmó que la reciente anulación de la condena por el caso YPF representa “una muy buena noticia” para el país y despeja el escenario judicial más adverso que enfrentaba Argentina.
Durante su paso por el estudio de Infobae a la Tarde, donde dialogó con Manu Jove, Maia Jastreblansky, Paula Guardia Bourdin y Tomás Trapé, Uslenghi subrayó la relevancia de la decisión de la Cámara de Apelaciones estadounidense: “Todavía hay que digerir y analizar un poco la sentencia, pero es indudable que es una muy buena noticia”. El especialista aportó contexto sobre las implicancias técnicas y políticas del fallo, que revirtió la condena dictada por la jueza Loretta Preska.
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La Cámara de Apelaciones de EE.UU. revocó la condena contra Argentina
Uslenghi recordó que la jueza Preska, en primera instancia, había considerado que el Estado argentino debía cumplir una obligación estatutaria vinculada a la compra de acciones a accionistas minoritarios tras la expropiación de YPF en 2012. “La demanda está fundada en un aspecto que estaba en el estatuto de YPF como una cláusula que preveía que si por algún motivo se asumía el control de la compañía, los accionistas podían tener la posibilidad de que el Estado les comprara sus acciones como una oferta, la famosa tender offer”.
El abogado detalló que la Cámara de Apelaciones eligió aplicar el derecho argentino al analizar el caso, a pesar de que la jurisdicción era estadounidense: “La jueza de primera instancia, y esto fue confirmado, dijo: ‘La decisión del caso la voy a resolver tomando en cuenta el derecho argentino’. Por eso, a pesar de estar en una jurisdicción de otro país, todo el análisis se centra en las leyes argentinas”.
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Según Uslenghi, la clave del fallo radica en que “acá prima la ley de expropiación, y prima la interpretación del derecho público por sobre el estatuto privado, el estatuto de YPF”.
El impacto económico y la reacción del Gobierno
La condena original obligaba a Argentina a pagar USD 16 mil millones. El experto aclaró que “el reclamo de Burford” —el fondo litigante— oscilaba en torno a esas cifras, pero la decisión de la Cámara desactivó el escenario de mayor riesgo financiero para el Estado nacional.

Uslenghi precisó: “Hemos ganado el partido más importante. Puede haber algún tipo de reclamo, y en esto hay una complejidad porque pueden utilizarse distintas jurisdicciones y no está claro lo que nosotros denominamos común, que es la prescripción de la acción. En resumidas cuentas, la demanda se ha ganado, mejor dicho, se ha revertido la condena más gravosa”.
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El Gobierno nacional celebró el resultado como una victoria jurídica, mientras que el especialista remarcó que, aunque quedan instancias menores y un eventual recurso ante la Corte Suprema de Estados Unidos, “el partido más complicado estaría, vamos a decir así, prácticamente ganado”.
El futuro judicial: Corte Suprema y posibles demandas residuales
Consultado sobre la posibilidad de un nuevo revés para Argentina, Uslenghi señaló: “Todavía queda la instancia ante la Corte Suprema de los Estados Unidos. Lo que pasa es que es una instancia bastante restrictiva, bastante excepcional y así como en algunos casos a Argentina le han rechazado recursos extraordinarios en contra, también veo muy difícil que se pueda revertir en una eventual instancia ante la Corte americana”.
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El abogado advirtió que “puede haber otro tipo de demandas, pero ciertamente el peor escenario se ha superado”. La visión de la Cámara, según Uslenghi, “tuvo un enfoque reconociendo ese derecho público”, lo que refuerza la posición argentina de que el acto de expropiación se ajustó a derecho y que las obligaciones contractuales privadas no prevalecen sobre disposiciones soberanas.
Uslenghi concluyó que el desenlace “es muy probable” y “bastante claro”, anticipando que el caso YPF podría marcar precedente en litigios internacionales sobre expropiaciones estatales y la relación entre derecho público y privado.
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