Los cambios que se le hicieron en el Senado al paquete fiscal generarán una menor recaudación que el texto aprobado en Diputados. Se debe a las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias, a Bienes Personales y en el Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes, de acuerdo a un informe de la Oficina del Presupuesto del Congreso (OPC).
El análisis de la OPC se realizó sobre el dictamen de mayoría surgido del Senado y cuyo tratamiento en el recinto se realizará este miércoles 12 de junio.
En primer lugar, la reforma del Impuesto a las Ganancias reduciría la potencial recaudación desde el 0,43% del PBI aprobado en Diputados al 0,41% del producto según el texto del dictamen de mayoría del Senado. El texto original preveía una recaudación del 0,5%.

Particularmente, son las modificaciones de los artículos 78 bis, 79 bis y 81 los que cambian el impacto fiscal del proyecto para el período fiscal 2024.
- El art. 78 bis, incorporado en el dictamen de mayoría del Senado, incrementa en un 22% las deducciones del art. 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que vivan en las provincias y/o partidos referidos en el art. 1 de la Ley 23.272 (zona patagónica).
- El art. 79 bis, sumado en el dictamen de mayoría del Senado, eleva la deducción por intereses de préstamos hipotecarios desde un tope anual de $20.000 a un monto equivalente al 100% de la ganancia no imponible.
- El art. 81 dispone que en septiembre de 2024 se realice una actualización de los montos de deducciones y escala de alícuotas en función de la inflación de junio a agosto de este año inclusive. Esta actualización excepcional ya estaba prevista en la media sanción de Diputados, pero no en el texto original del proyecto.
En cuanto al impuesto a Bienes Personales, el aumento del beneficio a contribuyentes cumplidores podría potencialmente incrementar el costo fiscal de las modificaciones en los períodos fiscales 2023 a 2025, en comparación con el texto original enviado al Congreso.
En detalle, el dictamen de mayoría del Senado incorpora un artículo 70 bis, en el que se agrega una tabla de alícuotas particular para aquellos contribuyentes que se adhieran al Régimen de Regularización de Activos.
Por este añadido, “las alícuotas se incrementan un 20% respecto de las establecidas en el proyecto original. La media sanción de Diputados había eliminado la posibilidad de que estos sujetos pudieran tomarse créditos por los anticipos 2023, pero se interpreta que la incorporación del pago a alícuotas incrementadas para el período 2023 realizada en el dictamen de mayoría del Senado permitiría su cómputo contra el pago del saldo de la declaración jurada de dicho período”, señaló la OPC.
Respecto al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes, el informe indicó que el tratamiento diferenciado otorgado a los monotributistas sociales en el dictamen de mayoría del Senado moderaría el incremento previsto de la recaudación de Monotributo y del sistema de obras sociales.
“Lo establecido en el art. 100 del dictamen de mayoría del Senado sí modifica el impacto fiscal estimado, al implicar un tratamiento diferenciado para los sujetos inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social”, precisa la OPC.

“El art. 100 del dictamen de mayoría del Senado implica el sostenimiento dentro del Régimen Simplificado de los sujetos inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. Se establece que cuando el pequeño contribuyente sea un sujeto inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano y tenga una facturación anual menor al 50% del tope de ingresos brutos anuales de la categoría A, no deberá ingresar el impuesto integrado y podrá optar por no ingresar aportes al sistema de obras sociales”, agrega.

El texto original y el que obtuvo media sanción en Diputados preveía recaudar 0,07% del PBI. Con las modificaciones, se reduce a 0,03% si ningún monotributista social aporta a la obra social y a 0,06% si el 100% lo hace.
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