
El próximo jueves, 1 de abril, entrará en vigencia el nuevo sistema de circulación de la “Factura de Crédito Electrónica” (FCE) informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
De este modo, explicaron desde la agencia fiscal, las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPYMES) “podrán endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica desde Homebanking”, lo que les permitirá , aseguran, ampliar las fuentes de financiamiento a este importante sector de la actividad económica.
Para activar esta nueva modalidades de uso de las facturas de crédito electrónicas, la AFIP incorporó en los servicios Web un grupo de disposiciones para realizar las operaciones al cabo de un trabajo conjunto que realizó con el Banco Central y la secretaría de la Pequeña y Mediana Empresas y los Emprendedores que depende del ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.
Software
Claro que para emitir Facturas de Crédito Electrónica las empresas que adhieran al sistema deberán actualizar su software para optar por el nuevo “Sistema de Circulación Abierta” o por el de “Agente de Depósito Colectivo” al momento en que pidan la “solicitud de autorización electrónica del comprobante”. Quienes quieran adaptarse al nuevo sistema podrán hacerlo consultando los manuales de usuario en el sitio web https://servicioscf.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica/default.asp. La nueva modalidad podrá incluso usarse a través de Home Banking.

Qué pasa si no se paga
Básicamente, explicaron desde la AFIP, la FCE tendrá una operatoria similar a la del Cheque Electrónico y a partir de su entrada en vigencia permitirá un mayor financiamiento de micros, pequeñas y medianas empresas que proveen productos o servicios a empresas de mayor porte, además de mejorar la certeza de cobro, pues cualquier caso de falta de pago de las facturas se reflejará de inmediato en la “Central de Deudores” del Banco Central, lo cual obrará como desincentivo a demorar los pagos a proveedores.
De hecho, al momento de la emisión de la factura y para el caso que esta no fuera cancelada en el plazo de 30 días actualmente vigente, el acreedor afectado podrá optar por enviar la FCE a un Agente de Depósito Colectivo (mercado de valores) a lo que se suma ahora el Sistema de Circulación Abierta a través de entidades bancarias, de ahí el rol que en la instrumentación y fiscalización tendrá el Banco Central como regulador del sistema bancarios.
La opción del “Sistema de Circulación Abierta” posibilitará a su vez la circulación extrabursátil, negociación, transmisión y cancelación de una FCR mediante compensación interbancaria, y el registro de su cancelación luego de su aceptación (tácita o expresa) y antes de su vencimiento.
Adicionalmente, en caso de que alguna FCE resulte impaga se podrán celebrar acuerdos de pago extrajudiciales en el sistema, o bien, solicitar la emisión de un comprobante para ejercer acciones legales. El comportamiento de pago de las empresas deudoras será informado a una Central de Deudores de FCE impagas al vencimiento que administrará el Banco Central.
En suma, dijo la AFIP, “la medida busca incrementar y facilitar el acceso a esta herramienta a través de una operatoria más sencilla y afín a la práctica diaria de las MiPyMEs.
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