
El oficialismo de la Cámara de Diputados presentó un proyecto de ley para modificar el Impuesto a las Ganancias y establecer un nuevo piso, en el que sólo pagarían los salarios superiores a $150.000 mensuales brutos y las jubilaciones superiores a ocho haberes mínimos.
La iniciativa, redactada por el presidente del cuerpo, Sergio Massa, ingresó a la Cámara el viernes y, de ser aprobada, implicaría que 1.267.000 trabajadores y jubilados dejen de pagar Ganancias, según se informó en un comunicado de prensa. De esta manera, el proyecto -que prevé un “nuevo piso” de $150.000 de remuneración mensual para empezar a pagar el impuesto- beneficiaría al 63,4% de los contribuyentes actualmente alcanzados y, así, “el tributo solo alcanzaría al sector de mayores ingresos”.
“Es una buena medida que alivia transitoriamente el bolsillo de una gran cantidad de asalariados y jubilados pero en la medida que no se hagan cambios más profundos, en un marco de alta inflación, volverá a producirse el mismo inconveniente”, dijo el tributarista César Litvin a Infobae. En ese sentido, explicó que los cambios más profundos que requiere el régimen del Impuesto a las Ganancias son cuatro.
“En primer lugar hay que cambiar el método de actualización del mínimo no imponible para que ajuste por el IPC (Índice de Precios al Consumidor) y no por el Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables)”, afirmó el CEO del estudio Lisicki & Litvin.
Asimismo, indicó que la actualización del mínimo no imponible, que es una vez por año, “debería hacerse semestralmente hasta tanto la inflación baje a un dígito”.
“En tercer lugar, debería equipararse las deducciones a los autónomos, que son más pequeñas, con lo cual pagan más impuestos a igualdad de ingresos que un asalariado”, detalló.
Y agregó que en cuarto lugar, el proyecto del oficialismo omitió actualizar el mínimo no imponible de Bienes Personales que quedó en la misma cifra que en 2019 y representa dos millones de pesos.
Según el tributarista, “cualquier sujeto que tenga un auto y algún dinero en el colchón, ya va a pagar este impuesto que en su origen tenía un mínimo no imponible de 100.000 dólares y se lo llamó impuesto a la riqueza en el año 1991”.
“Este proyecto requiere un debate más intenso para que esto en lugar de ser un analgésico sea un antibiótico curativo. Porque con alta inflación, vamos a depender de la oportunidad política para aumentar los mínimos no imponibles”, aseguró.
En tanto, para Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, si bien el proyecto es positivo ya que dejarían de tributar impuesto a las ganancias muchas personas que tienen ingresos que no deberían estar alcanzadas por el tributo, “no es la mejor manera de instrumentar el objetivo buscado”.
En ese sentido, dijo que el impuesto a las Ganancias es anual y esta modificación debería aplicar en forma retroactiva al 1 de enero de 2021. Aunque de acuerdo al texto oficial no es así, ya que entrará en vigencia para las remuneraciones y haberes devengados al mes siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
“Una modificación como la que se propone hace aún más compleja la liquidación del impuesto y, en especial, de la tarea que debe realizar el empleador para calcular las retenciones que le tiene que practicar a su empleado”, cuestionó Domínguez.
“Los impuestos deben ser fáciles de liquidar y esta reforma sería un parche más a la ley del impuesto a las Ganancias que genera complejidad”, dijo a Infobae.
En otro orden, destacó que tal como está redactado el proyecto de ley, parecería que el aguinaldo queda al margen del incremento de las deducciones. “Es decir, un empleado con un sueldo bruto de $150.000 no pagaría ganancias sobre los sueldos pero si sobre el aguinaldo. Se debería modificar la redacción para que tampoco se deba tributar sobre el mismo”, detalló.
En línea con Litvin, dijo que la actualización del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias debería ajustar por la inflación.
Por último, consideró que el proyecto genera aún más inequidad respecto a los trabajadores autónomos. “Un empleado en relación de dependencia que tenga una remuneración bruta de $150.000, es decir, neta de $124.500 no pagará impuesto a las ganancias. En cambio, un trabajador autónomo con un ingreso neto mensual mayor a $ 42.000 sí deberá hacerlo”, concluyó.
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