
La AFIP firmó un convenio con el Internal Revenue Services (IRS), el organismo tributario de los Estados Unidos, para acceder a información sobre los precios de transferencia, es decir de exportaciones e importaciones intrafirma, que realizan las empresas multinacionales estadounidenses. “El acuerdo garantiza que la autoridad tributaria argentina reciba datos estratégicos sobre cómo operan las grandes empresas para hacer análisis de riesgo y evitar maniobras abusivas en materia de precios de transferencia”, explicaron fuentes del organismo.
El convenio está enmarcado en un tipo de intercambio de información automática que la IRS mantiene “país por país”. “Los informes que recibirá Argentina consisten en una declaración anual de los grupos multinacionales estadounidenses que operan en el país y tengan ingresos anuales totales consolidados a nivel global superiores a 750 millones de euros”, aseguró la AFIP en un comunicado este domingo.
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El informe identificará en forma detallada las jurisdicciones en las que operan, las distintas entidades que los conforman, las actividades económicas que realizan, cantidad de trabajadores, información sobre la asignación de los ingresos, resultados y los impuestos pagados y devengados desarrolladas por cada entidad componente del grupo alrededor del mundo.
Este tipo de acuerdos se relaciona para fiscalizar los llamados “precios de transferencia”, es decir los valores que se pactan (en este caso intraempresa) para realizar operaciones de comercio exterior. De esta manera, se busca poder detectar casos de subfacturación de exportaciones o sobrefacturación de importaciones.
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El experto en precios de transferencia del estudio Lisicki & Litvin, Juan Pablo Casoetto, explicó a Infobae que “no solo incluye exportación o importación de bienes sino también de servicios prestados o recibidos, si una empresa obtiene un préstamo a precios mayores a los de mercado, también para el pago de regalías. Cualquier transacción con la casa matriz”, comentó.
“Es un acuerdo importante que es auspiciado por la OCDE y el G20 y lo que busca es evitar el traslado de base de imponible de Ganancias de una jurisdicción otra, por ejemplo, través de la manipulación de precios. Argentina ahora tiene acceso a un diagrama donde puede ver todas las jurisdicciones donde participa un grupo empresario, dónde desarrolla sus negocios, cuál es la tasa real de impuesto a las Ganancias que paga en cada jurisdicción”, apuntó Casoetto.
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Según comunicó el organismo tributario, “Argentina utilizará los informes Country by Country (CbC) para formular análisis de riesgo. Por ejemplo, si se detecta que un grupo multinacional opera en una jurisdicción donde no tiene empleados (o tiene muy pocos) y concentra allí un nivel desproporcionado de ingresos, eso ofrece un parámetro de riesgo. Mediante cruces de información se puede detectar cómo se vinculan las entidades del grupo emplazadas en Argentina con las consideradas riesgosas”.
“La AFIP posee múltiples tratados y acuerdos para el intercambio de información, pero aún no se había logrado alcanzar un acuerdo de esta naturaleza con Estados Unidos, uno de los países más relevantes en términos comerciales para la Argentina. Una porción significativa de las principales empresas del país pertenece a grupos económicos con controlantes radicadas en territorio estadounidense”, explicó el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.
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Continúa la pelea entre AFIP y contadores por el secreto fiscal
En los últimos días, los colegios de contadores sumaron dos nuevas “batallas” ganadas contra la AFIP, en las provincias de Buenos Aires y San Luis, por la obligación de informar sobre las maniobras de planificación fiscal. Esto se debe a que la justicia de esas dos provincias les concedió a los respectivos consejos profesionales un amparo que suspende la aplicación de la resolución general 4838 del organismo.
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Ambos casos se suman a los de Santa Cruz, Chubut y Jujuy. En Córdoba, la Justicia avaló al Consejo Profesional de esa provincia como actor colectivo en este tema, el paso previo a concederle la cautelar.
El presidente de la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de la República Argentina, Silvio Rizza, dijo a Infobae que la AFIP no puede obligar a los profesionales a violar el secreto fiscal, que está protegido por ley.
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“Está protegido por el código de ética de los 24 consejos en el país, pero además el artículo 18 de la Constitución Nacional resguarda este derecho. La AFIP no puede ir contra eso; es como que se le pida a un médico que viole el secreto que tiene con su paciente; el médico no lo va a hacer”, explicó.
Para la AFIP se trata de “un instrumento utilizado a nivel global para reducir la opacidad, evitar la evasión y prevenir el lavado de dinero; la herramienta es promovida por la OCDE y el G-20 para que los gobiernos puedan identificar áreas de riesgo en materia tributaria en forma temprana”.
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Juan Pablo Casoetto (Lisicki & Litvin) aseguró que tanto el acuerdo con la IRS de los Estados Unidos como la resolución 4838 de AFIP “persiguen el mismo fin”. “La AFIP analizará si una compañía perteneciente a un grupo económico con sociedades en el exterior está utilizando un beneficio fiscal para favorecerse. Y después el fisco con eso analizará si está de acuerdo o no con las estructuras que formen estas compañías, que bien podrían sustentarse legalmente si son respaldadas por la ‘sustancia’ del negocio”, comentó.
“En el mundo este tipo de información debe presentarse en tanto y en cuanto esas planificaciones tengan el carácter de agresivas. Acá en Argentina le sacaron la palabra ‘agresivas’ y se lo hacen presentar a todo el mundo que tenga algún beneficio derivado, por ejemplo, de un convenio para evitar la doble tributación. Con eso ya algunos interpretan que hay que presentar la documentación, por eso todos los consejos profesionales están tratando de evitar que todos los contribuyentes lo tengan que presentar”, concluyó Casoetto.
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