Cómo saber si estás suspendido para comprar los 200 dólares mensuales: la lista que publicó el Banco Central

En cinco extensos documentos publicados en la web de la entidad figuran los documentos de las personas suspendidas para operar en cambio

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El Banco Central (BCRA) publicó una lista con 15.000 personas que quedaron suspendidas para operar en el mercado cambiario como resultado del renovado celo de la entidad en medio de la masiva demanda por el cupo mensual de USD 200. La entidad conducida por Miguel Pesce detectó una serie de infracciones a las normas cambiarias vigentes y decidió iniciar sumarios a los supuestos autores. Mientras avanzan los procesos en su contra, que pueden tener un tratamiento administrativo o judicial, los que figuran en la lista quedan supendidos para operar en cambios: es decir, ya no pueden comprar dólar “solidario”.

En cinco extensos comunicados que reproducimos en esta nota figuran los documentos, CUIT o CUIL de cada uno de los sancionados.

Las nuevas suspensiones corresponden al mismo proceso investigativo que había derivado en otras 5.000 inhabilitaciones previas, dadas a conocer por el BCRA el pasado 18 de agosto. Por tanto, estos nuevos suspendidos también eran en su mayoría clientes de Rebanking, una financiera que opera únicamente online y permite abrir una caja de ahorro que opera en pesos y en dólares en forma rápida y remota. Esa entidad decidió cerrar 6.000 cuentas de sus clientes y, al igual que el banco digital Brubank, detectó esa clase de maniobras y las informó al BCRA para que realice la investigación correspondiente.

Las infracciones, sin embargo, no son exclusivas de clientes de esa empresa. La entidad cree haber encontrado verdaderas redes de “coleros digitales”, aquellos que compran su cupo personal de USD 200 al precio del dólar solidario, $101, y lo ceden a cambio de un pequeño pago a una cueva financiera que opera en el mercado del dólar blue, donde esos billetes valen $135.

En el caso de los “coleros virtuales”, la inhabilitación de las cuentas rige para todos los bancos y casas de cambio a través de los cuales las personas incluidas en la lista pudieran operar y para los que, de no mediar una autorización explícita del BCRA, estarán inhabilitados para comprar, vender dólares o transferirlos a otras cuentas. Y no podrán retirar los billetes obtenidos con antelación, es decir, deberán “abstenerse de transmitir al exterior las operaciones que se hubieren formalizado y que a la fecha se encuentren pendientes de aviso a los corresponsales”, indicó el Central.

Además se abre una instancia judicial. Cuando se detecta que una persona física infringió el cupo de USD 200 en el mercado de cambios a través de alguna de las maniobras mencionadas, el BCRA inicia los sumarios correspondientes y después los deriva a la Justicia para que avancen los procesos en el marco de aplicación de la Ley Penal Cambiaria. Las penas pueden abarcar desde una multa de entre una y 10 veces el monto de la infracción cometida hasta penas de prisión de hasta 8 años en casos de reincidencia.

Tras una investigación, y verificadas las operaciones de “coleros virtuales”, el BCRA citará a los involucrados y dictará las medidas cautelares que le autoriza el artículo 17 de la Ley 19.359, con sanciones que van desde la suspensión para operar en el mercado de cambios hasta la prohibición de salida del país para eludir el requerimiento de la autoridad.

En tal caso, las personas involucradas podrán solicitar el levantamiento de las medidas cautelares impuestas previa devolución de la moneda extranjera adquirida en forma irregular.

El rol del Ministerio de Seguridad

Otra novedad vinculada a la investigación del mercado ilegal de cambios fue el anuncio, también conocido en el último día del mes, de la firma de un “Convenio Marco” entre el BCRA y el Ministerio de Seguridad de la Nación, sellado con la firma del presidente del Central, Miguel Pesce, y la ministra Sabrina Frederic.

Un comunicado oficial explicó que el documento “apunta a la prevención de las infracciones al Régimen Penal Cambiario, consistentes en la actuación organizada de personas que operan por fuera del mercado de cambios formal e intentan evitar ser identificadas o quedar registradas en las bases de datos”.

A través de este Convenio, el Ministerio de Seguridad “proveerá personal de las Fuerzas Federales para que intervenga en las fiscalizaciones del cumplimiento de la normativa cambiaria que llevan adelante los agentes del BCRA. Los miembros de las Fuerzas también realizarán las medidas probatorias, incluyendo la comparecencia de testigos e imputados, y las medidas de investigación que le solicite el BCRA”.

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