Créditos a tasa cero: cómo funcionará el nuevo mecanismo de la AFIP que permite calificar para los préstamos de $150.000

Para agrandar el universo de beneficiarios, el organismo tributario modificó los criterios para acceder al beneficio que ya recibieron 419.000 monotributistas y autónomos

Compartir
Compartir articulo
infobae

Ante la extensión de las restricciones para muchas actividades económicas a causa del aislamiento, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) busca ampliar el universo de beneficiarios de una de las medidas paliativas: los créditos a tasa cero destinados a monotributistas y autónomos.

En ese sentido, el organismo incorporó nuevos criterios para evaluar los niveles de facturación y la existencia de ingresos por trabajos en relación de dependencia, con el objeto de facilitar el acceso a los préstamos de hasta $150.000, otorgados a través de la acreditación de los fondos en una tarjeta de crédito. Hay tiempo hasta el 31 de julio para gestionarlos a través de la web del organismo tributario, www.afip.gob.ar.

La evaluación, según explicó la AFIP en un comunicado, será secuencial. En primer lugar, se utilizará el criterio vigente para analizar si la facturación electrónica de un monotributista entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 se ubica por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentra registrado.

“Cuando sea superior, se aplicará el mismo criterio para evaluar el desempeño de la facturación durante el mes de abril completo. Si entonces tampoco le corresponde acceder el procedimiento se repetirá con la facturación de mayo y luego con junio”, señaló la AFIP.

Las modificaciones no afectaron la estructura general del préstamo. La devolución del crédito se realizará en 18 cuotas, con 6 meses de gracia. El dinero se acredita en una tarjeta de crédito y tiene que ser gastado por esa vía, no puede transferirse. El beneficio se otorga una única vez.

En el caso de los autónomos, el criterio a seguir consiste en comparar la facturación entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020. Para acceder al crédito, la variación en los ingresos de este año no podrá ser superior al 5%. “Cuando el contribuyente supere esos parámetros se procederá a comparar la facturación entre el mes abril completo de 2019 y 2020. Si el resultado de esa evaluación es negativo se realizará el mismo ejercicio para mayo y junio”, explicó la AFIP.

“Las modificaciones en los requisitos también contemplan el período que se tiene en cuenta para determinar si los monotributistas tienen ingresos por un trabajo en relación de dependencia. Los contribuyentes que no tuvieran ingresos por ese concepto en febrero, marzo, abril o mayo podrán tramitar el Crédito a Tasa Cero, siempre que cumpla el resto de los criterios”, agregó el comunicado.

Letra chica

Las modificaciones en los criterios para acceder al crédito no alcanzaron la estructura general del préstamo. La devolución del crédito se realizará en 18 cuotas, con 6 meses de gracia a contar desde el desembolso del primer pago. El dinero se acredita en una tarjeta de crédito y tiene que ser gastado por esa vía, no puede transferirse a una caja de ahorro o una cuenta corriente. El beneficio se otorga una única vez; quienes ya lo recibieron no pueden volver a solicitarlo.

Los $150.000 se otorgan en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. En cada una de ellas se debitarán los importes correspondientes a los impuestos y aportes por la cuota mensual del monotributo. Por tal motivo, los contadores recomiendan desactivar por esos meses el débito automático para el pago de las cuotas de AFIP, para evitar una duplicación.

Asimismo, quienes accedan a estos préstamos tendrán una serie de restricciones, a saber:

- Hasta que el crédito no esté cancelado en su totalidad, no se podrán hacer adelantos de efectivo con esa tarjeta.

- El crédito sirve tanto para realizar consumos como para cancelar saldos o consumos anteriores. También para pagar servicios a través del débito automático.

- No se podrán realizar consumos en cuotas. El monto del crédito sólo puede utilizarse para consumos en un pago.

- Con ese dinero, no se podrá comprar dólares por ninguna vía, ni para enviar dinero para la ayuda familiar al exterior ni para atesorar los USD 200 mensuales del llamado “dólar solidario”, que suma el 30% de impuestos a la cotización del dólar oficial.

- No se podrá vender títulos con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a otras entidades depositarias, la operaciones conocidas como “dólar MEP” o “contado con liquidación”. Esta inhibición rige por 18 meses a partir de la fecha de acreditación o hasta la cancelación total del crédito.

En la AFIP destacan que existe un millón de créditos preadjudicados que no fueron tramitados. O dicho de otro modo, un millón de monotributistas o autónomos que cumplen los requisitos para recibir los $150.000 pero eligieron no hacerlo.

Según informó el Banco Central, hasta el 2 de julio fueron otorgados 419.000 préstamos a tasa cero por $50.500 millones; de ese monto, ya fueron acreditados $28.700 millones. El mecanismo incluye la posibilidad de gestionar una tarjeta de crédito para quienes califiquen pero no la posean; de ese modo, ya se emitieron 134.000 tarjetas nuevas.

Seguí leyendo: