
Durante el mes de junio, corresponde que los trabajadores de empresas privadas y del sector público reciban el primer pago del sueldo anual complementario (SAC), conocido como aguinaldo.
Este pago, según lo dispuesto por la Ley 27.073, debe ser abonado en dos cuotas: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. Por lo tanto, el primer pago del aguinaldo se cobrará antes del último día de este mes, que este año cae domingo.
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El importe que las empresas y el Estado deben abonar este mes se calcula sobre la mitad (el cincuenta por ciento) de la mayor remuneración mensual y por todo concepto —incluyendo sueldo básico, horas extras y otros plus que se hayan cobrado— dentro del semestre que termina en junio.
Para los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el SAC se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado en cada semestre. Para estimar el cálculo se puede tomar la mitad del mejor sueldo dividido por 6 y multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados. O también multiplicar el tiempo trabajado en el semestre por la mitad de la mayor remuneración mensual y dividir el resultado por seis.
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Para los beneficiarios de jubilaciones y pensiones no contributivas, la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) informó que el cronograma de pagos de este año va del 17 al 21 de junio. El pago del aguinaldo se hace al mismo tiempo que el cobro del haber correspondiente a junio. Según la Ley de Movilidad, a partir de este mes se cobrará con un aumento del 10,74%.

En el caso del personal de casas particulares, los empleadores deben abonar el SAC cuando finalizan los semestres de junio y diciembre y también se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre. Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados. Por ejemplo, si se trabajó solo cuatro de los últimos seis meses, corresponderá como SAC el 66,67% (cuatro meses sobre seis) del 50% del mejor sueldo de los últimos cuatro meses.
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Hasta hace unos años, el Impuesto a las Ganancias tenía un impacto mayor sobre el aguinaldo, especialmente en diciembre, cuando el tributo se podía llevar una buena proporción del SAC. Pero actualmente las empresas lo prorratean durante el año para aminorar este efecto.
"Desde la reforma que se hizo en 2016, el aguinaldo ya no se ve afectado por el Impuesto a las Ganancias en forma directa porque se proporciona a lo largo de los seis meses previos al cómputo del pago del SAC. Antes, en los meses donde se cobrara el aguinaldo se retenía más o cambiaba la tabla o se daba un salto de no pagar a pagar el impuesto. Eso ya no existe porque los empleados tributan todos los meses lo mismo, ya que se prorratea a lo largo del año", explicó Iván Sasovsky, experto en temas fiscales.
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Aunque en la Argentina el nombre técnico actual de esta clase de remuneración es sueldo anual complementario (SAC), se conoce comúnmente como aguinaldo, una palabra que también es usada en otros países. En sus inicios, el aguinaldo era un "pago voluntario" hecho por el empleador al trabajador.

Pero a partir de 1945 —durante el Gobierno de facto de Edelmiro Farrell—se estableció la obligatoriedad del pago de aguinaldo, que se haría efectivo por primera vez a partir del 31 de diciembre de ese año. Se estableció entonces un décimo tercer sueldo, de carácter complementario, que se pagaba a fin de año. Recién en 1966 se transformó en una remuneración de pago semestral, como se mantiene hasta hoy.
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En 1983, durante la presidencia de Raúl Alfonsín y con el objetivo de atenuar el impacto inflacionario de esa época, se comenzó a calcular el aguinaldo como el 50% de la mayor remuneración cobrada en cada uno de los semestres.
En 2015, se sancionó la Ley 27.073, impulsada por el entonces senador Eugenio "Nito" Artaza, que anticipó el pago de la segunda cuota de aguinaldo al 18 de diciembre de cada año. La Ley de Contrato de Trabajo preveía, hasta ese momento, como fecha límite de pago, el 31 de diciembre.
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