
A pocos días de las elecciones, los partidos políticos costarricenses deben concluir todas las actividades públicas destinadas a captar votantes y cesar la difusión de encuestas y propaganda pagada, siguiendo el calendario y las restricciones fijadas por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). La presidenta de la entidad, Eugenia Zamora Chavarría, recordó que el objetivo de estas restricciones es asegurar un periodo de reflexión libre de presiones mediáticas, así como evitar la manipulación de la opinión pública mediante sondeos de último momento y saturación publicitaria antes de los comicios.
La difusión de encuestas y la publicidad electoral quedan prohibidas antes de los comicios
Entre el 28 y el 29 de enero, empiezan a regir las principales prohibiciones: el 28 de enero será el último día para difundir encuestas y sondeos electorales, incluso a través de redes sociales, según lo señalado por el artículo 138 del Código Electoral. Desde el 29 de enero, queda prohibida toda propaganda política pagada en prensa escrita, radio, televisión e Internet, como establece el artículo 136 del mismo código. Sin embargo, se permite que los candidatos asistan a debates, entrevistas y programas de opinión, y sigan empleando acciones presenciales como el volanteo y el perifoneo.
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Al cierre del plazo para la divulgación de encuestas, la veda se extiende no solo a los datos de intención de voto, sino también a las encuestas de boca de urna, simulaciones de voto y elecciones infantiles.
Estos resultados solo podrán conocerse tras la sesión solemne de Transmisión de Resultados Provisionales del Tribunal Supremo de Elecciones, prevista para iniciar a las 20:45 del 1 de febrero de 2026. En ese sentido, Eugenia Zamora Chavarría alertó a la ciudadanía: “El organismo electoral hace un llamado a la ciudadanía a no dar, durante este periodo, ninguna credibilidad a cualquier tipo de avance de resultados, o conteos que no procedan directamente del TSE”.
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Durante este periodo, los partidos políticos podrán seguir realizando reuniones y actividades en espacios privados y divulgar información política o comunicados por los canales que consideren pertinentes, siempre que no constituyan propaganda pagada en medios de comunicación colectiva.
Queda permitida la participación de precandidatos oficializados para exponer ideas sin restricciones legales fuera de los medios bajo veda.
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El Código Electoral también prohíbe toda forma de propaganda que utilice creencias religiosas para incidir en el voto, así como cualquier manifestación contraria a los derechos políticos de las mujeres y la difusión de discursos de odio basados en género o sexo. Asimismo, está vetado el lanzamiento o colocación de propaganda en vías públicas y mobiliario urbano.
Ante cualquier anomalía detectada en el proceso, las denuncias pueden canalizarse por la línea gratuita 800-ELECTOR (800-353-2867) o a través de la aplicación dispuesta por el Tribunal Supremo de Elecciones.
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La secuencia de fechas son: el 25 de enero, último día para actos políticos en espacios públicos; el 28 de enero, finalización de la difusión de encuestas y sondeos, incluyendo aquellos en redes sociales; y, desde el 29 de enero, prohibición total de la propaganda política pagada en todos los medios. Esta serie de medidas tiene como propósito limitar el impacto del capital económico en la fase final del proceso electoral, garantizando mayor equidad e independencia del votante.
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