Alcaldía de Bogotá ordenó ley seca anticipada por elecciones presidenciales: conozca los detalles

La nueva disposición, formalizada en el decreto distrital, busca garantizar la seguridad y el orden público antes, durante y después de los comicios, extendiendo la prohibición a todos los espacios públicos de la capital colombiana

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La restricción de la Ley Seca se aplica en todos los barrios y sectores de Bogotá, sin excepciones para zonas de entretenimiento nocturno - crédito Imagen Ilustrativa Infobae
La restricción de la Ley Seca se aplica en todos los barrios y sectores de Bogotá, sin excepciones para zonas de entretenimiento nocturno - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

La Alcaldía Mayor de Bogotá implementará la ley seca en la ciudad con motivo de las elecciones presidenciales del 31 de mayo de 2026. Según anunció Gustavo Quintero, secretario distrital de Gobierno, la restricción a la venta y consumo de bebidas alcohólicas comenzará en la capital a partir de las 6:00 p. m., del viernes 29 de mayo y se extenderá hasta las 12:00 p. m. del lunes 1 de junio.

La decisión, formalizada en el Decreto 191 del 28 de mayo de 2026, responde a la necesidad de garantizar la seguridad, el orden público y la protección de los derechos durante la jornada electoral. A diferencia del resto del país, donde la Ley Seca se aplicará desde el sábado 30 de mayo a las 18:00 horas, en Bogotá la medida inicia un día antes, ajustando el horario en función de las condiciones locales.

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Aplicación y alcance del Decreto de Ley Seca en Bogotá

La norma prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos o abiertos al público en toda Bogotá D.C. Los establecimientos que incumplan la medida estarán sujetos a sanciones contempladas en la Ley 1801 de 2016 y demás disposiciones vigentes. La Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia deberá presentar un informe sobre la implementación y cumplimiento de la restricción.

El incumplimiento de la Ley Seca puede derivar en sanciones económicas y administrativas, que incluyen la suspensión temporal de la actividad comercial y multas tipo 4 de hasta $933.000. Las entidades distritales y la Policía Nacional son las autoridades encargadas de imponer estas medidas.

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El Decreto 191 establece que la venta y el consumo de bebidas alcohólicas estarán prohibidos en la capital hasta el lunes 1 de junio al mediodía - crédito Gustavo Quintero/X
El Decreto 191 establece que la venta y el consumo de bebidas alcohólicas estarán prohibidos en la capital hasta el lunes 1 de junio al mediodía - crédito Gustavo Quintero/X

Quintero señaló desde su cuenta de X que “garantizar la convivencia y el buen desarrollo de la jornada electoral”, solicitando la colaboración y comprensión de la ciudadanía e invitando a la participación democrática. El secretario enfatizó que se espera que el domingo Bogotá sea un ejemplo de tolerancia, respeto y garantías democráticas.

La Ley Seca es una herramienta preventiva utilizada por las autoridades en Colombia para evitar alteraciones del orden público y garantizar que la jornada electoral transcurra en un ambiente de tranquilidad. En este caso, Bogotá se prepara para recibir en las urnas a 6.076.599 ciudadanos habilitados para votar, cifra que la posiciona como uno de los principales focos electorales del país.

El decreto aclaró que su objetivo central es mitigar los riesgos asociados al consumo de alcohol, asegurar el desarrollo normal de la jornada electoral y preservar la convivencia ciudadana. La restricción se aplicará en todos los barrios y sectores de la ciudad, sin excepción para zonas de entretenimiento nocturno ni eventos privados en espacios abiertos al público.

El incumplimiento del Decreto puede acarrear sanciones conforme al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y otras normas vigentes - crédito Secretaría de Gobierno
El incumplimiento del Decreto puede acarrear sanciones conforme al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y otras normas vigentes - crédito Secretaría de Gobierno

Otras disposiciones del Decreto 0188 de 2026 en el resto del país

Además de la implementación de la ley seca, el Ministerio del Interior, mediante el Decreto 0188 de 2026, estableció normas adicionales para preservar el orden público y la equidad informativa durante la jornada electoral presidencial.

El decreto prohíbe, durante el día de las elecciones, toda clase de propaganda político-electoral en radio, prensa, televisión, así como en medios móviles, estáticos o sonoros. También está prohibida la distribución y exhibición de carteles, pasacalles, vallas y afiches de carácter electoral, así como la circulación de propaganda en vehículos terrestres, naves o aeronaves.

La Policía Nacional decomisará toda propaganda proselitista distribuida durante la jornada electoral y la remitirá a las autoridades competentes.

Dibujo estilo acuarela de una mano introduciendo una papeleta en una urna electoral de cartón con la etiqueta "MESA 90" y el logo de la Registraduría.
El Decreto 0188 de 2026 prohíbe toda forma de propaganda política en medios y en espacio público durante la jornada electoral para asegurar equilibrio informativo - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

Hasta el lunes 1 de junio de 2026, solo podrán realizarse reuniones de carácter político en recintos cerrados. Los desfiles, manifestaciones y otros actos públicos de carácter político estarán sujetos a los requisitos del Código Nacional de Policía y a la normatividad local vigente.

Las disposiciones buscan garantizar que la jornada electoral se desarrolle en un ambiente de orden, transparencia y respeto por los derechos ciudadanos, minimizando riesgos de alteraciones y asegurando condiciones de equidad informativa y convivencia democrática en todo el territorio nacional.

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