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Daniel Quintero defendió la exigencia de entregar medicamentos en 24 a 48 horas para reducir la crisis del sistema de salud en Colombia

El funcionario justificó su decisión con base en el diagnóstico de un modelo fallido. Señaló que la Ley 100, que regula el sistema de salud en Colombia, creó una cadena de intermediarios que, en lugar de facilitar el acceso a tratamientos, ha incentivado a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a retener recursos

Quintero afirmó que los pacientes deberían recibir sus medicamentos entre 24 y 48 horas - crédito Colprensa
Quintero afirmó que los pacientes deberían recibir sus medicamentos entre 24 y 48 horas - crédito Colprensa
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El nuevo superintendente de Salud, Daniel Quintero, anunció una medida que busca transformar la entrega de medicamentos en Colombia. En sus primeras declaraciones tras asumir el cargo, Quintero afirmó que los pacientes deberían recibir sus medicamentos entre 24 y 48 horas, lo que supone un viraje frente al sistema vigente y una respuesta directa al creciente malestar social.

Esta decisión, defendió Quintero, se acompaña de investigaciones en curso sobre la idoneidad de los operadores logísticos y acciones específicas para territorios donde se evidencia corrupción y gestión ineficiente, con el objetivo de asegurar que la brecha entre necesidad y acceso sea abruptamente cerrada por mandato de ley y supervisión estatal.

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El funcionario fundamentó su decisión en el diagnóstico de un modelo fallido, al señalar que la Ley 100, que regula el sistema de salud, estableció una cadena de intermediarios que, lejos de agilizar el acceso a tratamientos, ha alentado a las EPS a retener recursos y mecanismos como el “flotador de tesorería”.

Ilustración de Daniel Quintero, sonriente, señalando un monitor con el logo de la Superintendencia de Salud y una placa, con la bandera de Colombia.
Daniel Quintero sonríe y gesticula en una oficina, con el logo y nombre de la Superintendencia de Salud en un monitor y una placa, junto a la bandera de Colombia. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Esta práctica, describió, provoca que en Colombia millones de personas no accedan oportunamente a sus medicinas y enfrenten riesgos de vida, especialmente quienes padecen cáncer, trastornos psiquiátricos o enfermedades huérfanas.

En diálogo con el medio La FM, Quintero atribuyó la responsabilidad central al diseño estructural de las EPS intervenidas, muchas de las cuales —según relató— mantienen las mismas prácticas corruptas que motivaron la intervención estatal.

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Precisó: “Una EPS se interviene cuando entró en una crisis... de no entrega de medicamentos o crisis financiera, pero el sistema no permite al Gobierno capitalizar, solo operar con los flujos tradicionales”, dijo. Ilustró que el ejecutivo debe gestionar deudas multimillonarias únicamente con ingresos corrientes, un esquema que dificulta resolver la raíz del problema.

Daniel Quintero en traje oscuro con gesto de mano, carrito con envases de medicamentos a la izquierda y píldoras esparcidas. Personal de Offimédicas en uniformes azules al fondo.
El nuevo superintendente de Salud, Daniel Quintero, anunció una medida que busca transformar la entrega de medicamentos en Colombia - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

El superintendente aseguró que, pese a la capacidad financiera restringida, la orden es precisa: con los recursos nuevos que reciben las EPS cada mes, deberán garantizar la entrega al día de los medicamentos, acuerdo alcanzado con gestores farmacéuticos y operadores logísticos.

Apuntó que “todavía hay jineteo de los recursos” y disparidad en la eficiencia de estos intermediarios, con casos especialmente graves detectados en el departamento de Antioquia, donde la Superintendencia abrió investigaciones por posibles actos de corrupción asociados a contratos sin capacidad técnica real.

El funcionario enfatizó que la instrucción está dirigida tanto a EPS intervenidas como no intervenidas, exigiéndoles pruebas de la capacidad operativa de sus gestores y reclamando transparencia ante la evidencia de que, incluso en puntos de dispensación, las medicinas existen pero no se entregan deliberadamente.

Argumentó: “Nosotros estamos convencidos de que si no se roban la plata, alcanza... Cuando vamos a los dispensarios, las medicinas sí están, entonces la pregunta es: ¿por qué lo hacen? Lo hacen porque la utilidad de una EPS depende de la diferencia entre lo que recibe al principio de mes... y lo que se gastó en medicamentos hasta el final”.

El superintendente aseguró que, pese a la capacidad financiera restringida, la orden es precisa: con los recursos nuevos que reciben las EPS cada mes, deberán garantizar la entrega al día de los medicamentos, acuerdo alcanzado con gestores farmacéuticos y operadores logísticos - crédito Visuales IA
El superintendente aseguró que, pese a la capacidad financiera restringida, la orden es precisa: con los recursos nuevos que reciben las EPS cada mes, deberán garantizar la entrega al día de los medicamentos, acuerdo alcanzado con gestores farmacéuticos y operadores logísticos - crédito Visuales IA

Ministerio de Salud emitió circular para la entrega de medicamentos pendientes

El Ministerio de Salud emitió la Circular Externa 017 de 2026 dirigida a EPS, gestores farmacéuticos, prestadores de salud, entidades territoriales y organismos de control, con el objetivo de asegurar la entrega oportuna de medicamentos a los afiliados.

El documento, fechado el 11 de mayo de 2026, establece directrices sobre la entrega completa de medicamentos, monitoreo de desabastecimientos, flujo de recursos a proveedores y refuerzo en los sistemas de inspección y vigilancia. Estas medidas aplican tanto a EPS intervenidas como a las que operan normalmente.

El Ministerio exige que las EPS garanticen la entrega de medicamentos en los puntos de dispensación; si quedan pendientes, deberán coordinar la entrega a domicilio en máximo 48 horas. Si pasado ese plazo no se realiza la entrega, el afiliado podrá reclamar el medicamento en redes alternas o en instituciones de salud.

La circular también recuerda que, según el Decreto Ley 019 de 2012, las EPS están obligadas a entregar de forma completa e inmediata los medicamentos cubiertos por el plan de beneficios, o asegurar la entrega posterior en la residencia o lugar de trabajo del usuario si este lo autoriza.

Entre las nuevas obligaciones, las EPS deben contar con más de un gestor farmacéutico para enfrentar problemas de disponibilidad y evitar interrupciones. Además, deben firmar acuerdos suficientes con gestores y proveedores según el número de afiliados y territorio, mantener información actualizada sobre la entrega, y monitorear indicadores definidos en la Resolución 1809 de 2025. También se requiere validar con los usuarios si la entrega se realizó efectivamente.

Las entidades deben fortalecer el monitoreo del abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos, y reportar casos de escasez o desabastecimiento al Gobierno y al Invima. Para pacientes con enfermedades crónicas, si un medicamento pendiente no es entregado en 30 días, la fórmula médica se reactivará automáticamente sin necesidad de nueva prescripción.

Por su parte, los gestores farmacéuticos están obligados a registrar de inmediato los medicamentos pendientes, informar a las EPS y asegurar las entregas a domicilio cuando haya retrasos.

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