
La empresa Fast Moda S.A.S. rechazó este lunes 11 de mayo de 2026 cualquier vínculo comercial, laboral o societario vigente con Walter Francisco Martínez Martínez, capturado recientemente en Colombia en el marco de una investigación por presunto contrabando y lavado de activos, según un comunicado oficial firmado por el abogado penalista Iván Cancino, apoderado de la marca Lili Pink.
El pronunciamiento subraya que la separación con Martínez Martínez rige desde 2021, cuando concluyó una relación limitada únicamente al suministro de productos, sin que el implicado haya tenido participación en la administración, dirección o decisiones de la empresa colombiana de ropa interior femenina.
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“Cualquier situación personal, conducta o investigación relacionada con el señor Walter Francisco Martínez Martínez corresponde exclusivamente a su ámbito individual y resulta completamente ajena e independiente de las operaciones, principios y entorno empresarial de la marca”, puntualiza misiva, destacantando que las labores del capturado no estuvieron relacionadas con acciones de la empresa, sino que actuó de manera indipendiente.
Desde Fast Moda, se reitera el compromiso con “el cumplimiento de la ley, la transparencia empresarial y la colaboración con las autoridades competentes en caso de ser requerida”, y se enfatiza la expectativa de que a Martínez Martínez se le garantice el debido proceso y la presunción de inocencia.
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Lili Pink se defiende de acusaciones por presunto lavado de activos y contrabando

Un megaoperativo del CTI de la Fiscalía General de la Nación tuvo lugar el lunes 27 de abril de 2026 en más de 405 locales comerciales de Lili Pink distribuidos en 59 municipios de Colombia, tras una investigación sobre un presunto lavado de activos que, según los datos oficiales, alcanzaría los $730.000.000.000. El despliegue respondió a meses de seguimiento sobre la cadena que opera bajo la razón social Fast Moda S.A.S.
En un comunicado, emitido el 5 de mayo de 2026, la Dirección Ejecutiva de Fast Moda S.A.S. señaló “inconsistencias entre las cifras difundidas públicamente y los valores reales de las actuaciones administrativas”, postura que defiende la necesidad de que cualquier acusación sea determinada en el ámbito judicial. De acuerdo con el documento, la compañía negó cualquier responsabilidad en lavado de activos o contrabando, afirmando que “no existe una decisión judicial en firme que establezca responsabilidad alguna”.
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En su defensa, la empresa colombiana argumentó que las operaciones de importación de mercancía se rigen bajo el marco legal vigente, soportado con documentación.
Sobre los señalamientos de contrabando Lili Pink precisó que: “No existe declaratoria judicial que los confirme. Las actuaciones administrativas están siendo controvertidas ante la jurisdicción competente. Todas las mercancías cuentan con declaraciones de importación y pagos debidamente soportados”.
Las pesquisas se desarrollaron con herramientas como el sistema de monitoreo Ojo de la Dian, que detectó “accesos inusuales a la base de datos y consultas de información distintas a la labor habitual de los funcionarios”. Sobre una investigación paralela por enriquecimiento ilícito de particulares, estimada en más de $430.000.000.000, la empresa enfatizó que cuenta con soportes de importación y pagos correspondientes para toda su mercancía.
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Frente a las operaciones de las autoridades competentes, el abogado Iván Cancino —vocero de la defensa en esta fase— remarcó en el comunicado que “los hechos mencionados corresponden a una controversia jurídica en curso y no a conclusiones definitivas”. En efecto, insistió en “respetar la presunción de inocencia y el debido proceso”, advirtiendo contra prejuzgamientos antes de una resolución formal.
Por último, en el documento, la marca de ropa interior femenina subrayó que “genera más de 3.000 empleos directos” y mantiene operaciones legales en Colombia y otros países de Latinoamérica, mientras sostuvo que todas sus actuaciones administrativas “están siendo controvertidas ante la jurisdicción competente”.
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