
La Procuraduría General de la Nación solicitó ante la Corte Suprema de Justicia la condena del representante a la Cámara Pedro José Suárez Vacca por el presunto delito de prevaricato por acción agravado en modalidad de conducta continuada, en un caso que se remonta a su etapa como juez en Tunja.
La petición se formalizó durante una audiencia pública ante la Sala de Instrucción de Primera Instancia, donde el Ministerio Público expuso las pruebas que, a su juicio, demostrarían que el congresista emitió decisiones contrarias a la ley al otorgar beneficios penitenciarios.
Según la Procuraduría, Suárez Vacca habría concedido la detención domiciliaria a Lelio Nevardo Ávila Santana, quien purgaba una condena de 17 años de prisión por delitos graves como secuestro y narcotráfico.

Para el ente de control, dicha decisión desconoció prohibiciones legales expresas y estándares constitucionales vigentes al momento de los hechos. De ser hallado culpable, el congresista podría enfrentar una pena que oscila entre 4 y 12 años de prisión, conforme a lo establecido en el artículo 413 del Código Penal colombiano.
Uno de los elementos más relevantes dentro del expediente es una carta manuscrita atribuida a Suárez Vacca y dirigida al propio Ávila Santana. De acuerdo con la Procuraduría, el documento fue sometido a un análisis grafológico que confirmó su autenticidad, la cual además fue reconocida por el procesado.
Según se expuso en audiencia, el entonces juez habría dado instrucciones para manejar con discreción la comunicación, solicitando incluso que el escrito fuera devuelto al portador y expresando preocupación por investigaciones disciplinarias en curso.
Para el Ministerio Público, esta carta constituye una evidencia clave de la existencia de un canal de comunicación irregular entre el funcionario judicial y el beneficiario de sus decisiones.
A esto se suman los testimonios de Jhon Carlos Mancipe Puerto, señalado como intermediario entre ambos, y del propio Ávila Santana, quien habría confirmado contactos personales e informales con el juez por fuera de los canales institucionales.
Durante la audiencia, la Procuraduría enfatizó que el delito de prevaricato por acción no sanciona simples diferencias interpretativas del derecho, sino decisiones que resultan abiertamente contrarias al ordenamiento jurídico, según Caracol Radio.
En ese sentido, argumentó que las resoluciones adoptadas por Suárez Vacca no admitían una justificación jurídica razonable, lo que evidenciaría una desviación deliberada de su función como administrador de justicia.
El caso tiene origen en varias decisiones emitidas por Suárez Vacca cuando se desempeñaba como Juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja. En dichas providencias, el entonces funcionario concedió, revocó y posteriormente mantuvo la sustitución de la prisión intramural por domiciliaria a favor de Ávila Santana, bajo la figura de padre cabeza de familia.
Sin embargo, la Procuraduría sostiene que en este proceso no se cumplieron los requisitos legales exigidos para otorgar dicho beneficio. En particular, señaló que la normativa vigente, como la Ley 750 de 2002 y la Ley 733 de 2002, establecía prohibiciones explícitas para personas condenadas por delitos como el secuestro.
Asimismo, recordó que la jurisprudencia constitucional, en sentencias como la C-184 de 2003 y la C-154 de 2007, exige verificar de manera estricta la condición de padre cabeza de familia y garantizar el interés superior del menor antes de conceder una medida sustitutiva.
De acuerdo con el ente de control, ninguno de estos criterios fue plenamente acreditado en el caso de Ávila Santana. Por ello, concluyó que las decisiones adoptadas por el entonces juez no solo fueron irregulares, sino abiertamente contrarias a la ley, configurando así el delito de prevaricato por acción agravado.

En contraste, la defensa de Suárez Vacca ha sostenido que sus actuaciones se establecieron dentro de la legalidad y obedecieron a interpretaciones jurídicas válidas, según el medio El País.
El propio congresista, en declaración rendida el pasado 8 de abril ante la Corte Suprema, afirmó que no incurrió en ninguna conducta delictiva y defendió la legitimidad de sus decisiones judiciales.
El proceso también ha puesto bajo la lupa la trayectoria del hoy congresista, quien cuenta con más de dos décadas de experiencia en el sector público. Abogado de formación, ha ocupado cargos en la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo y distintas entidades territoriales, además de su paso por la Rama Judicial.
En 2022 fue elegido representante a la Cámara por el Pacto Histórico, con más de 22 mil votos, y actualmente integra la Comisión Primera Constitucional Permanente.
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