Hay una nueva polémica laboral en Colombia debido a que el Gobierno de Gustavo Petro expidió el Decreto 0234 del 6 de marzo de 2026, sobre negociación colectiva en Colombia. El mismo transforma la regulación laboral para el sector privado y los trabajadores oficiales. Las nuevas reglas establecen mesas únicas de negociación sectorial, la opción de acuerdos extendidos a empresas de un mismo ramo y la exigencia de aportaciones sindicales obligatorias para empleados beneficiados por convenios colectivos, aunque no estén afiliados a sindicatos.
Asimismo, la nueva norma introduce como obligatoria la negociación colectiva sectorial, lo que restringe la autonomía interna de las empresas. Obliga a unificar demandas sindicales y canalizarlas en una mesa única por sector o grupo empresarial, siempre que las partes así lo acuerden, lo que modifica prácticas históricas del diálogo laboral en Colombia.
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La norma también impone que los trabajadores no afiliados, pero beneficiados por acuerdos colectivos, deban hacer la misma contribución económica que los miembros sindicalizados, lo que genera polémica en torno a derechos individuales y a la constitucionalidad de la medida.

De igual manera, transforma la negociación colectiva en Colombia al organizar la mesa de negociación obligatoria y la presentación de un solo pliego de peticiones sindicales, con la búsqueda de “procesos de diálogo social más racionales y eficientes, reduciendo los tiempos y costos administrativos de las negociaciones, lo cual, según el texto, incidirá favorablemente en la paz social y la productividad de las empresas”.
Negociaciones colectivas
Las nuevas disposiciones permiten que las negociaciones colectivas se hagan por ramas de actividad económica completas o grupos empresariales. Los acuerdos sectoriales fijan condiciones que aplican como mínimo para todas las empresas incluidas, aunque cada empresa pueda negociar mejoras, sin rebajar los parámetros establecidos. El ámbito de estos acuerdos abarca solo al sector privado y a los trabajadores oficiales; los empleados públicos no están comprendidos por esta regulación.
La integración en la mesa de negociación se decide según el número de afiliados que cada sindicato tenga en el ámbito correspondiente. El Decreto 0234 prevé representatividad proporcional, pero garantiza que “las organizaciones minoritarias tendrán derecho a un representante en la mesa de negociación si no logran cupo suficiente por afiliación”. Por su parte, los empleadores estarán representados por asociaciones que acrediten su representatividad según el número de empresas, trabajadores y peso económico en el sector.
Ambas partes deberán negociar bajo el principio de buena fe, nombrando representantes con poder de decisión, intercambiando información relevante y evitando conductas obstructivas. El Ministerio del Trabajo ejercerá la función de validar la representatividad y facilitar la conformación de las mesas.

Asimismo, se incluyen reglas específicas para proteger la sostenibilidad financiera de las micro, pequeñas y medianas empresas. Se exige que las convenciones sectoriales con participación de estas empresas incorporen cláusulas de adaptabilidad y gradualidad para la implementación progresiva de obligaciones adicionales, siempre sin rebajar el piso legal mínimo de derechos ni los beneficios provenientes de acuerdos previos de mayor rango.
Impacto del decreto en empresarios y mipymes
Por supuesto, la expedición de la norma generó críticas. La Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) expresó preocupación por el carácter obligatorio y la extensión de las negociaciones colectivas sectoriales. De acuerdo con el presidente del gremio, Jaime Cabal, la expedición del decreto constituye un intento del Gobierno de establecer por vía ejecutiva regulaciones previamente rechazadas en el Congreso.
Advirtió que “esta medida podría representar nuevas cargas salariales significativas para las micro, pequeñas y medianas empresas, que tendrían que asumir obligaciones derivadas de negociaciones en las que no tuvieron representación directa”. El dirigente empresarial remarcó que el decreto “desconoce abiertamente el derecho a no asociarse, principio que hace parte de la libertad sindical y está protegido por la Constitución”.
Considera el líder gremial que imponer aportaciones sindicales obligatorias a empleados no afiliados vulnera garantías individuales. “Este tipo de cambios en el modelo de negociación laboral deberían debatirse en el Congreso y no implementarse mediante regulación administrativa, dada la magnitud de sus efectos sobre trabajadores, empresas y el mercado laboral en general”, puntualizó Cabal.
El presidente de Fenalco describió la exigencia de que trabajadores no sindicalizados paguen cuotas como un “nuevo golpe a la micro, pequeña y mediana empresa”.
Perspectiva sindical sobre los cambios en la negociación colectiva
Por su parte, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) interpretó el decreto como un avance para el fortalecimiento de los sindicatos en Colombia. Según el presidente de esta, Fabio Arias, “la negociación colectiva en Colombia solamente estaba permitida a nivel de cada empresa”. Para él, la nueva norma expande esa posibilidad.
“Con la expedición del Decreto 0234 del 6 de marzo de este año, el Gobierno nacional extiende la negociación colectiva por rama de actividad económica, por ejemplo, el sector financiero”, dijo.
Arias destacó que el decreto posibilita la negociación también por grupo empresarial o a nivel nacional, beneficiando a los trabajadores oficiales que ahora podrán negociar colectivamente sin estar limitados a su empresa. “Es una ampliación de la negociación, una posibilidad mayor para los sindicatos, un reto también para ellos, pero la posibilidad de fortalecer las organizaciones sindicales y centralizarlas a todos los niveles en que se desarrolla hoy la negociación colectiva”, afirmó.
Asimismo, el presidente de la CUT señaló que la extensión de la negociación colectiva por grupos empresariales y ramas productivas era una demanda histórica. La modificación, según él, representa un fortalecimiento de la estructura sindical y una democratización del alcance de los convenios laborales en Colombia.
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