La difusión de un nuevo video puso una vez más en el centro de la conversación pública a Liliana, la mujer que había sido señalada por agresión a trabajadores en Bogotá, ahora identificada en un episodio de intimidación a cajeras de un supermercado Carulla.
El registro, compartido recientemente en redes sociales, exhibe la escalada de un conflicto entre la mujer y empleadas del establecimiento, donde se observa una conducta hostil vinculada a la supuesta apertura tardía del local.
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Un video que reaviva la polémica
En el material audiovisual, Liliana aparece grabando a las trabajadoras mientras las increpa por llegar tarde y no abrir el local a la hora establecida. “Por llegar tarde, por no cumplir el horario, por no llegar aquí a las siete y abrirle a la gente. Y fuera de eso me llama dizque a la Policía. ¿Creyó que les tenía miedo?”, afirmó la mujer, según se escucha en el video.
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El intercambio se intensifica cuando Liliana insiste en grabar a las empleadas, utilizando su teléfono móvil como herramienta para registrar la escena que ella misma califica de “evidencia”. El video, que tuvo circulación en TikTok antes de ser eliminado, no permite conocer con exactitud la fecha de los hechos, aunque su reciente viralización renovó la discusión sobre el trato que reciben los trabajadores de atención al público en Bogotá.
Daños materiales y confrontación directa
Durante la confrontación, se observa a Liliana señalando un carro de mercado con varios paquetes de pasta abiertos. En el video, la mujer afirma: “Debería grabar esto que dañó, señora”. Según las imágenes, fueron al menos seis paquetes abiertos, acción que la mujer justifica diciendo: “Seis, siete, las que sean. Me llama a la gerente y hablo con ella, pero no con ustedes, con unas empleadas”.
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La tensión aumenta cuando Liliana dirige su cámara a otra trabajadora y cuestiona su cargo y formación: “¿Usted tiene un cargo de gerente, oiga? ¿Usted sí estudió para ser gerente? Mírenla bien porque la voy a boletear”, expresa, según recoge el video difundido en redes sociales.
El episodio finaliza con una nueva andanada verbal contra una de las empleadas, a quien repite: “¿Qué? Mucho miedo, mucho miedo, mucho miedo… Ya sabe que no le tengo miedo ni a usted ni a la Policía”.
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Antecedentes recientes: el caso del repartidor de pizzas
Este incidente se suma a un hecho reciente que involucró a la misma Liliana y fue documentado por un motociclista repartidor de Domino’s Pizza.
En esa ocasión, la mujer increpó al trabajador con expresiones despectivas sobre su oficio, le exigió que se retirara del lugar y lo amenazó con denunciarlo ante la empresa y las autoridades. Según el registro en video, la situación escaló cuando Liliana propinó una patada a la motocicleta del repartidor.
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El trabajador mantuvo la calma y reiteró varias veces que solo cumplía con su labor. Las imágenes, divulgadas en plataformas digitales, evidenciaron la carga de violencia verbal a la que fue sometido el domiciliario.
¿Existe protección legal para los empleados ante agresiones de clientes?
De acuerdo con la Ley 1010 de 2006, el acoso laboral se define como una conducta persistente que ocurre dentro de una relación de subordinación entre empleador y empleado. Por esta razón, la normativa no aplica directamente cuando la agresión proviene de un cliente externo, como ocurre en los casos registrados en los videos recientes.
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Organizaciones laborales y expertos coinciden en que los empleadores tienen el deber de garantizar un entorno de trabajo seguro y digno, lo que incluye la protección ante comportamientos violentos de terceros. Aunque la ley no contempla explícitamente estos escenarios, las empresas deben activar protocolos internos y ofrecer apoyo a los empleados afectados.
En países como Chile, existe la Ley Karin, que reconoce la violencia ejercida por terceros, incluidos clientes, cuando ocurre durante la prestación del servicio. Esta norma obliga a las empresas a contar con protocolos y canales de denuncia específicos. En Colombia, ese reconocimiento legal aún no existe, lo que deja estos episodios en una zona gris y hace depender la respuesta de las políticas internas de cada compañía.
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¿Qué pueden hacer los trabajadores ante estos hechos?
A falta de una regulación específica, los mecanismos de protección para empleados en Colombia incluyen:
- Reportar el hecho al supervisor o jefe directo.
- Dejar constancia escrita con fecha, hora, descripción y testigos.
- Solicitar la activación de protocolos internos de convivencia o seguridad.
- Acudir al Comité de Convivencia Laboral, si existe.
- Buscar asesoría en la Inspección de Trabajo, la Personería o la Defensoría del Pueblo si la empresa no actúa.
Estas acciones buscan proteger a los trabajadores frente a situaciones de hostigamiento, aunque la efectividad de los mecanismos depende de la voluntad de las empresas y no de una obligación legal precisa.
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