
El proceso judicial contra Ricardo González Castro por el homicidio del universitario Jaime Esteban Moreno Jaramillo reveló detalles que la Fiscalía General de la Nación considera determinantes para solicitar su detención preventiva.
Durante la audiencia de judicialización, la delegada fiscal Elsa Cristina Reyes presentó un perfil del acusado que, según el ente acusador, evidencia la gravedad de su participación en la golpiza mortal y los antecedentes personales que agravan su situación. Uno de los elementos destacados fue el historial de González en relación con el consumo de bebidas alcohólicas.
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Según la fiscal Reyes, existen pruebas que demuestran que González ha enfrentado dificultades previas debido a la ingesta de alcohol, lo que incluso le habría ocasionado la pérdida de empleos. La Fiscalía fue enfática al afirmar que se cuenta con “evidencias de que en reiteradas ocasiones se ha mencionado dentro del proceso que ingería licor y que había tenido problemas inclusive en el trabajo por esa ingesta de licor”. Esta información fue presentada como parte de la justificación para solicitar la reclusión intramural del procesado.

Ricardo González, que se entregó a las autoridades en Cartagena el lunes 10 de noviembre de 2025, fue imputado con el delito de homicidio doloso agravado. Durante la diligencia judicial, realizada de manera virtual entre Bogotá y Cartagena, el acusado decidió no aceptar los cargos que le fueron formulados. La fiscal Reyes solicitó a la jueza la imposición de una pena que oscila entre 400 y 600 meses de prisión (es decir, entre treinta y tres y cincuenta años de cárcel), en caso de que González sea hallado culpable.
En su exposición, la autoridad judicial no solo abordó los antecedentes personales del acusado, sino que reconstruyó de manera detallada la secuencia de la agresión ocurrida la madrugada del 31 de octubre de 2025, en la localidad de Chapinero, Bogotá. Según la delegada judicial, González actuó “en conjunto con Juan Carlos Suárez para atacar al joven estudiante”.

La reconstrucción de los hechos indica que ambos agresores, Ricardo González y Juan Carlos Suárez Ortiz, se aproximaron a Jaime Esteban Moreno Jaramillo mientras este se encontraba acompañado. La primera fase de la embestida se inició cuando Suárez “le propinó un puño en la nuca que hizo que cayera al suelo”. La intervención de un amigo de la víctima, de apellido Cárdenas, logró detener momentáneamente la confrontación. No obstante, la violencia se reanudó minutos después en las inmediaciones de la calle 64 con carrera 15.
En este segundo episodio, la fiscal resaltó la existencia de un “presunto acuerdo previo” o “acuerdo concomitante” entre los agresores. “Ricardo Rafael González y Juan Carlos Suárez, de común acuerdo abordaron nuevamente a Jaime Esteban, alentados por una tercera persona de sexo femenino”.

En el desarrollo de esta acción concertada, Suárez golpeó nuevamente a la víctima, provocando otra caída al suelo. Fue en ese instante cuando la intervención de González resultó determinante para el desenlace fatal. La fiscal precisó que “Jaime Esteban logró ponerse de pie, pero en ese momento usted, Ricardo Rafael González, le propinó una patada en la espalda de tal fuerza que lo dejó tendido en el suelo sin poderse levantar nuevamente”.
La Fiscalía sostuvo que esta patada, dirigida a una víctima ya indefensa, constituyó el “punto de quiebre para el posterior deceso”. La agresión no se detuvo con la caída: ambos hombres continuaron golpeando a la víctima, propinando patadas principalmente a la cabeza y el tórax. La violencia persistió a pesar de que la víctima presentaba un “sangrado abundante por nariz, ojos, boca y signos de ahogo con su propia sangre”.
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