
La senadora y candidata presidencial Paloma Valencia volvió al centro de la discusión pública tras una decisión del Consejo de Estado que frenó parte del Decreto 572 de 2025. El fallo judicial suspendió de forma provisional varios artículos del ajuste a la retención en la fuente (descuento anticipado de impuestos que se hace al pagar un ingreso), una medida que reavivó la confrontación entre el Gobierno y la oposición.
El pronunciamiento del alto tribunal marcó un punto de tensión institucional y la senadora del Centro Democrático se atribuyó el papel directo a su actuación dentro del proceso judicial y elevó el tono de la discusión.
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La controversia se concentró en la decisión de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, que frenó apartes del decreto mientras avanza el estudio de fondo, por lo que la legisladora uribista insistió en que su intervención resultó clave en la solicitud que llevó a la suspensión parcial de la medida.

Paloma Valencia celebró la decisión como resultado de su ‘pelea’ jurídica
Con la decisión, la senadora compartió en su cuenta en la red social X: “El Consejo de Estado aceptó mi solicitud de suspender provisionalmente el decreto que disparó los porcentajes de retención en la fuente desde el año pasado”.
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“Con esta jugada, Petro dejó sin liquidez a las micro, pequeñas y medianas empresas para financiar su derroche burocrático”, dijo en su mensaje, donde insistió en el impacto sobre el flujo de caja del sector productivo. “Las estaba matando quitándoles la caja”, señaló, en referencia a los efectos del decreto sobre la operación empresarial.
Para cerrar su mensaje, en el que además compartió fragmentos del fallo del Consejo de Estado, la senadora indicó que, dentro de su campaña presidencial, estas representarían ejemplos concretos de su labor y de su postura.
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“Con esta decisión salvamos miles de empleos en el país Mi oposición de logros concretos se transformará en un Gobierno de resultados”, escribió Valencia en el post.

Estos son los efectos que buscaba el Gobierno con el decreto de retención en la fuente
El foco de la discusión está en cómo el Estado buscó cobrar impuestos de forma anticipada a diferentes sectores de la economía. El decreto modificó reglas sobre la retención en la fuente y la autorretención, mecanismos que permiten a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) recibir dinero antes de que empresas y personas presenten su declaración anual de impuestos.
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Es decir, funcionan como un anticipo que luego se descuenta en la liquidación final. Con estas modificaciones, el Gobierno buscó que los recursos ingresaran más rápido a las arcas estatales, sin crear impuestos nuevos, pero sí elevando porcentajes y ajustando los límites de retención en varios sectores.
Uno de los cambios más importantes se dio en la autorretención especial, que obliga a ciertas empresas a descontar un porcentaje de sus ingresos y entregarlo directamente a la Dian. Las tarifas subieron en más de 270 actividades económicas. Por ejemplo, sectores como servicios financieros, seguros y cultura pasaron de aportar 1,1% a cerca de 3,5% de sus ingresos.
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Para muchas empresas, el efecto más directo del decreto fue sobre la liquidez, ya que al aumentar las tarifas de retención y autorretención, los contribuyentes debían entregar más dinero desde etapas tempranas de sus operaciones, incluso antes del cierre contable y fiscal del año.
Decisión del Consejo de Estado sobre el decreto
El Consejo de Estado analizó varias demandas de nulidad y decidió suspender provisionalmente los artículos 2 al 8 del decreto, mientras continúa el estudio de fondo. Sin embargo, negó la suspensión del artículo 1, al no cumplirse los requisitos legales necesarios para esa medida.
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La decisión cautelar también aclaró que, de manera temporal, vuelven a aplicarse las normas previas reemplazadas por los artículos suspendidos, mientras se define si las disposiciones del decreto se ajustan o no a la ley. Esto significa que, por ahora, se mantienen las tarifas y bases de retención anteriores a la expedición del decreto.

El debate sobre el Decreto 572 de 2025 seguirá en la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, donde se decidirá si las medidas promovidas por el Gobierno son legales. Mientras tanto, la suspensión parcial ya afectó varias de las iniciativas tributarias que buscaban acelerar el ingreso de recursos al Estado.
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