Consejo de Estado ratificó la suspensión del nombramiento de Juan Carlos Florián como ministro de Igualdad

El máximo juez de la administración pública confirmó que la designación del jefe de cartera violó la Ley de Cuotas, al reducir la presencia de mujeres en cargos de nivel decisorio en el gabinete ministerial

La controversia por el nombramiento de Juan Carlos Florián como Ministro de Igualdad continúa generando debate - crédito  @juanflorians/Instagram
Juan Carlos Florián asegura que es una persona de género fluido - crédito @juanflorians/Instagram
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En una decisión de segunda instancia, el Consejo de Estado confirmó la suspensión del nombramiento de Juan Carlos Florián Silva como ministro de Igualdad. Según indicó, la designación vulneró la normativa vigente, al reducir la representación de las mujeres en el gabinete por debajo del umbral legal, establecido en la Ley de Cuotas.

La decisión, que ratifica el pronunciamiento previo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitido en septiembre de 2025, responde a un recurso de apelación interpuesto por la Presidencia de la República, que busca mantener al funcionario en el cargo, pese a múltiples denuncias públicas que han surgido al respecto.

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DECRETAR la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del Decreto 0892 del 11 de agosto de 2025, que nombró a Juan Carlos Florián Silva, identificado con la cédula de ciudadanía XXXX, en el empleo de ministro, Código 0005 del Ministerio de Igualdad y Equidad”, decidió el Tribunal.

Auto en el que se suspendió provisionalmente fallo de Juan Carlos Florián como ministro de Igualdad
Este es el auto en el que se suspendió provisionalmente fallo de Juan Carlos Florián como ministro de Igualdad - crédito Infobae Colombia

El análisis del Consejo de Estado se centró en los datos concretos del momento en que Florián asumió el cargo (11 de agosto de 2025). En ese entonces, solo nueve de los 19 ministerios del Gobierno nacional estaban encabezados por mujeres, lo que equivalía a un 47,36 % de participación femenina.

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Esta cifra se situaba por debajo del mínimo requerido que establece la obligación de garantizar la paridad en cargos decisorios. La normativa (Ley 2424 de 2024, que modifica la Ley 581 de 2000 - Ley de Cuotas) indica que mínimo el 50% de los cargos de máximo nivel decisorio deben ser desempeñados por mujeres. Ese mismo porcentaje aplica para los cargos de otros niveles decisorios.

El incumplimiento de lo ordenado en este artículo constituye causal de mala conducta, que será sancionada con suspensión hasta de treinta (30) días en el ejercicio del cargo, y con la destitución del mismo en caso de persistir en la conducta, de conformidad con el régimen disciplinario vigente”, detalla la ley.

La Ley 2424 de 2024 establece que al menos el 50% de los cargos de alto nivel decisorio deben ser ocupados por mujeres - crédito Función Pública
La Ley 2424 de 2024 establece que al menos el 50% de los cargos de alto nivel decisorio deben ser ocupados por mujeres - crédito Función Pública

El Consejo de Estado aclaró que esta normativa busca asegurar una representación equitativa y efectiva de las mujeres en el poder público, en respuesta a su histórica exclusión, lo cual se vulnera con el nombramiento de Florián.

El ministro ha tratado de defender su posición en la cartera, asegurando que se identifica como una persona de “género fluido”. Incluso, aseguró que se llama a sí mismo en femenino, por ser una persona no binaria, y que su cédula de ciudadanía respalda esa identificación.

Resulta que yo tengo la “M” en mi cédula, en mi documento de identificación, y dije: yo no la voy a cambiar porque yo tengo la “M” de marica. ¿Para qué la voy a cambiar? Y efectivamente, me suspendieron. Tuve que renunciar. Me volvieron a posesionar el domingo pasado como ministra para la Igualdad”, dijo Florián en el VII Encuentro de Liderazgos Políticos LGBTIQ+de las Américas y el Caribe, que se desarrolló entre el 24 y 26 de septiembre en Lima, Perú.

El ministro aseguró que se nombra en femenino porque es una marica y una persona - crédito Redes sociales/X

Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que esta condición no lo ubica dentro del género femenino y, por tanto, su nombramiento no puede ser contabilizado dentro del porcentaje mínimo de mujeres requerido por la ley. El tribunal enfatizó que la interpretación de la norma debe realizarse con base en las identidades reconocidas por la Corte Constitucional: hombres, mujeres e intersexuales.

En su momento, la Defensora del Pueblo, Iris Marín, criticó el nombramiento del funcionario, indicando, como lo hicieron las altas cortes, que se incumplió con la paridad de género en la composición del gabinete ministerial.

El problema no es que una persona no binaria acceda a altos cargos de poder del Estado, eso es positivo. El problema es que se haga a costa de la representación de las mujeres. La solución no es la disputa de unos pocos cupos entre mujeres y personas no binarias, sino la ampliación de la participación de todas las poblaciones en toda su diversidad, sin desconocer la obligación de paridad”, indicó en un comunicado.

La Defensoría advirtió que la inclusión de otras identidades en cargos de poder no puede ir en detrimento de los derechos de las mujeres - crédito @DefensoriaCol/X
La Defensoría advirtió que la inclusión de otras identidades en cargos de poder no puede ir en detrimento de los derechos de las mujeres - crédito @DefensoriaCol/X

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