
El Gobierno de Colombia presentó ante el Congreso de la República el proyecto de ley “Regulación Justa y Democratización del Sector Energético”, una reforma estructural que propone transformar el marco regulatorio de los servicios públicos de energía, fortalecer la participación ciudadana y garantizar la equidad en el acceso a la energía eléctrica.
El texto legislativo, que abarca los artículos 2, 3, 4 y 5, detalla los nuevos mecanismos para redistribuir la deuda de la opción tarifaria, un instrumento que permitió posponer el impacto pleno de los aumentos de energía y acumuló una deuda que afecta principalmente a los usuarios con menos recursos.
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El proyecto de ley introduce reformas a las Leyes 142 y 143 de 1994, que constituyen el marco legal de los servicios públicos domiciliarios en Colombia.

El núcleo de la reforma se encuentra en los artículos 2, 3, 4 y 5 del texto legislativo. Allí se detallan las medidas de alivio para los hogares más vulnerables, se establecen reglas para la transparencia en la facturación y se crean mecanismos de estabilización tarifaria.
El primer gran cambio consiste en la mitigación de los efectos de la opción tarifaria, un mecanismo que permitió durante años diferir los aumentos en las tarifas de energía, generando una deuda que afecta principalmente a los usuarios de los estratos más bajos.
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El proyecto estipula que, de manera excepcional, los estratos altos y los grandes consumidores asumirán la deuda acumulada por los hogares de menores ingresos y lo define así:
1. Asignación ineficiente de subsidios y acceso equitativo al servicio
- Redefinición de criterios para la entrega de subsidios (Art. 3): Establece parámetros técnicos y socioeconómicos para condicionar el subsidio al consumo eficiente, garantizando protección a hogares en situación de vulnerabilidad, usuarios con dependencia energética por salud, climas extremos o familias numerosas.

- Redistribución solidaria de la deuda de opción tarifaria (Art. 2): Traslada a estratos altos (5 y 6), no regulados y no residenciales la obligación de asumir parte de los saldos generados por la opción tarifaria de los estratos 1, 2 y 3, fortaleciendo la solidaridad y sostenibilidad del sistema.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) tendrá un plazo máximo de tres meses para definir los mecanismos técnicos y financieros que permitan calcular, liquidar, recaudar y redistribuir los saldos de la opción tarifaria.
Por su parte, el Ministerio de Minas y Energía deberá fijar en un mes los criterios de excepción para evitar que la medida afecte la economía popular o a los pequeños negocios en zonas vulnerables. Además, se establece un plazo máximo de 15 años para la aplicación de estos mecanismos, con el fin de garantizar un alivio gradual y sostenible.
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Desde la perspectiva del Gobierno nacional, esta decisión representa un avance hacia la equidad en el sistema tarifario. El Ejecutivo sostiene que “este ajuste reconoce que el peso de la deuda energética no puede seguir recayendo sobre los sectores con menos capacidad de pago”.
No obstante, expertos consultados por Valora Analitik indican del sector energético han manifestado su desacuerdo, argumentando que la medida transfiere la responsabilidad a quienes ya han cumplido con sus pagos de Opción Tarifaria o nunca se acogieron a este mecanismo. Además, señalan que la deuda debió ser asumida por el Estado, como se había planteado durante la gestión del exministro Ricardo Bonilla, y no trasladada a los consumidores de estratos altos únicamente por su nivel socioeconómico.
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El segundo artículo de la reforma introduce modificaciones en los criterios para la entrega de subsidios al consumo de energía eléctrica, con el propósito de fortalecer su focalización y transparencia.
El Ministerio de Minas y Energía será responsable de definir los lineamientos técnicos para la asignación de subsidios, basándose en principios de eficiencia energética, equidad y sostenibilidad financiera.
Entre las novedades más relevantes, se busca incentivar el consumo responsable, evitar abusos y asegurar que los recursos públicos beneficien exclusivamente a quienes realmente los necesitan. No se permitirá reducir subsidios a hogares que acrediten condiciones de vulnerabilidad, según lo establece el proyecto.
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Uno de los aspectos que más inquietud genera entre los usuarios es la inclusión de cobros adicionales en las facturas de energía, una práctica que ha motivado numerosas quejas ante la Superintendencia de Servicios Públicos. El artículo 4 de la reforma añade nuevos parágrafos al artículo 147 de la Ley 142 de 1994, con el objetivo de garantizar la transparencia en la facturación y prohibir los cobros ajenos al servicio eléctrico.
El Gobierno nacional busca erradicar la inclusión de contribuciones no autorizadas bajo el concepto de “servicio público”, protegiendo así el bolsillo de los usuarios.
El artículo 5 introduce el Artículo 100A en la Ley 143 de 1994, creando mecanismos de estabilización tarifaria y esquemas diferenciales. Esta disposición responde a la alta volatilidad de los precios de la energía, que afecta tanto a hogares como a empresas, especialmente durante fenómenos climáticos como El Niño.
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El Ministerio de Minas y Energía tendrá seis meses para diseñar los mecanismos de política pública necesarios para enfrentar esta problemática. El objetivo es proteger a los usuarios frente a la volatilidad del mercado eléctrico, dar certidumbre a la inversión y fomentar la sostenibilidad financiera del sistema.
Por otra parte, la reforma habla de la composición de la Creg en la que amplía la participación, incorporando representantes de usuarios, sindicatos y academia, además de crear cargos con dedicación exclusiva.
La iniciativa cuenta con mecanismos para el cierre de brechas energéticas a través de nuevos fondos y recursos de hasta el 2% provenientes de las grandes generadoras, dirigidos a proyectos sociales y a reducir la pobreza energética en regiones marginadas.
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La tramitación y discusión de esta reforma inicia en el Congreso, en medio de expectativas y cuestionamientos sobre la forma en que se implementarán los cambios, y sobre el alcance real del principio de equidad tarifaria invocado por el Gobierno.
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