Eduardo Montealegre podría ser suspendido de su cargo como ministro de Justicia: la Defensoría del Pueblo hizo la solicitud y expuso las razones

La entidad presentó ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca una demanda para anular el decreto que designó al exfiscal en la cartera del Gobierno

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El ministro de Justicia, Eduardo Montealegre defendió la legalidad de modificar condiciones carcelarias por seguridad en el caso de 'Epa Colombia - crédito Colprensa
La Defensoría insiste en que la situación genera efectos jurídicos y administrativos ilegítimos del nombramiento de Montealegre - crédito Colprensa

La Defensoría del Pueblo solicitó formalmente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca la nulidad del decreto mediante el cual el presidente Gustavo Petro nombró a Eduardo Montealegre Lynett como ministro de Justicia.

El organismo sostiene que el nombramiento, realizado en junio, vulnera la Ley de Paridad de Género, la cual exige que el gabinete ministerial cuente con un mínimo de 50% de mujeres en los cargos de máximo nivel decisorio en el Estado.

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La petición fue radicada mientras el presidente Petro cumple agenda en la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York. La acción judicial se centra en el Decreto 647 del 13 de junio de 2025, con el que Montealegre asumió el cargo, y se basa en la supuesta transgresión a la norma que busca garantizar la equidad de género en la conformación del gobierno nacional.

El acto demandado vulnera de manera ostensible y directa la norma referida, al no garantizar el mínimo de participación femenina exigido, por lo que su legalidad se encuentra seriamente comprometida”, señala el documento presentado por la Defensoría.

Según el organismo, al momento de la designación de Montealegre, el gabinete quedó compuesto por 10 hombres y 9 mujeres, rompiendo el equilibrio que establece la ley. Sin emabrgo, actualmente la composición se mantiene igual.

Argumentos legales

El argumento central es que el nombramiento violó la Ley de Paridad de Género - crédito Defensoría del Pueblo
El argumento central es que el nombramiento violó la Ley de Paridad de Género - crédito Defensoría del Pueblo

La demanda interpuesta se sustenta en los artículos 139, 149 y 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca). El apoderado de la Defensoría, Álvaro Díazgranados de Pablo, actuando en representación de la entidad, explicó que la intervención busca que el tribunal declare la nulidad del decreto y ordene al presidente realizar un nuevo nombramiento que cumpla con la Ley de Cuotas.

Se concluye la flagrante incursión en una causal de nulidad electoral, sustentada en el artículo 275 del CPACA, circunstancia que afecta directamente la validez del acto de nombramiento, al contradecir el principio de paridad y desatender una obligación legal de representación femenina”, se lee en el escrito judicial.

La Ley 2424 de 2024 establece que la paridad de género debe mantenerse como un estándar permanente. En este sentido, la Defensoría aclara que el cumplimiento no se limita a una verificación inicial, sino que es responsabilidad continua del presidente velar porque cada nombramiento preserve el umbral mínimo de mujeres en el gabinete.

El organismo agrega que, ante una vacante, existe la obligación jurídica de garantizar que la designación no reduzca la participación femenina. “Cada vez que se produce una vacante, se activa una obligación jurídica de velar porque el nuevo nombramiento no disminuya o retroceda respecto al umbral del 50%”, afirma la entidad.

Solicitud de suspensión provisional

Se solicitó la suspensión provisional de Montealegre, pero el tribunal la negó en julio - crédito Ministerio de Justicia
Se solicitó la suspensión provisional de Montealegre, pero el tribunal la negó en julio - crédito Ministerio de Justicia

Además de la nulidad, la Defensoría pidió la suspensión provisional del acto administrativo para evitar que el ministro continúe en funciones mientras se resuelve la demanda. Sin embargo, el tribunal ya había negado esta medida en julio, argumentando que para ese momento no existía reglamentación sobre la Ley de Paridad.

“Se requiere urgente una decisión en este sentido, por cuanto, mientras se resuelve de fondo la demanda, el funcionario nombrado de manera contraria a derecho continuará ejerciendo funciones, generando efectos jurídicos, políticos y administrativos que consolidan situaciones de hecho ilegítimas”, advierte la Defensoría.

El documento también señala el riesgo de que, si el proceso se prolonga, Montealegre termine su periodo sin que se haya tomado una decisión judicial definitiva. Cabe recordar que el tribunal suspendió previamente al ministro de la Igualdad, Juan Carlos Florián, por hechos similares. Sin embargo, el presidente Petro optó por aceptar su renuncia y reintegrarlo posteriormente al cargo.

La Defensoría del Pueblo pidió la nulidad del nombramiento de Eduardo Montealegre como ministro de Justicia - crédito Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo pidió la nulidad del nombramiento de Eduardo Montealegre como ministro de Justicia - crédito Defensoría del Pueblo

Ahora será el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el que deberá decidir si prospera la demanda presentada por la Defensoría. En caso de que se declare la nulidad, el presidente Petro tendrá que realizar un nuevo nombramiento que restablezca el cumplimiento de la Ley de Cuotas y garantice la paridad de género en el gabinete ministerial.

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