
‘Se fue al traste’ el último intento del exsenador Alexander López para recuperar su curul en la cámara alta del Legislativo, luego de que el Consejo de Estado rechazaran de plano la recusación que instauró a finales del año pasado en contra de los 31 magistrados de su Sala Plena.
Con ponencia del magistrado Alberto Montaña Plata, cuyo auto se publicó en la noche del miércoles 7 de febrero, se argumentó que el mencionado órgano de ese alto tribunal lo integran Sala Plena de lo Contencioso Administrativo y la Sala de Consulta y Servicio Civil, las cuales no tienen competencia alguna en el proceso, por doble militancia, con el que se declaró la nulidad de la elección del excongresista.
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“Resulta abiertamente improcedente recusar a una autoridad que no tiene funciones jurisdiccionales, ni competencia alguna en el proceso (sic)”, indica en las consideraciones del documento.
Recordaron, además, que López recusó inicialmente a los tres magistrados que conocieron su caso, pero después de que concluyó el proceso, que el exsenador del Pacto Histórico dejó avanzar hasta su resolución sin invocar recurso alguno.
“El rechazo de plano, en el caso, está motivado en dos razones: (1) la parte demandada actuó en el trámite con posterioridad a la razón en que fundó la recusación, sin alegarla y; (2) no son recusables miembros del Consejo de Estado que no son el juez competente para conocer del proceso que se está adelantando (sic)”, se señala en otra de las consideraciones del documento.
Afirmaron en el alto tribunal que de acuerdo con el artículo 142 del Código General del Proceso (CGP) los procesados están obligados en advertir inmediatamente inicia el mismo los impedimentos del juez o magistrado que conozca el caso, así como debe formular “de manera inmediata, la recusación”.
“Como se puede observar en los antecedentes, la recusación a los miembros de la Sala Plena del Consejo de Estado se formuló el 21 de noviembre de 2023; esto es, más de un año después de iniciado el proceso en el cual la parte demandada actuó en múltiples ocasiones, sin formular contra ellos recusación alguna (sic)”, señalan en otro de los apartes del auto.
La nulidad de su elección

La decisión del Consejo de Estado, por la que López perdió su curul en el Senado, se dio tras una demanda por doble militancia que instauró en su contra Fredy Mauricio Garzón Ramírez, quien argumentó que el excongresista apoyó al candidato a la Cámara de Representantes Jorge Flórez del Partido Alianza Verde, lo que iba en contravía a la ley, ya que el excongresista solo podía acompañar a quienes aspiraban por la coalición del Pacto Histórico.
En su defensa, el exsenador sostuvo ante el Alto Tribunal que el mencionado respaldo se dio por decisión del partido Polo Democrático y con un acuerdo con la Colombia, que forman parte de las colectividades del Pacto.
La pérdida de esa curul no solo impactó al político vallecaucano, que hasta aquel momento se había distinguido como uno de los legisladores con mayor cercanía a la vicepresidenta Francia Márquez y un personaje influyente dentro de la coalición gubernamental, sino también para esa agrupación de movimientos de izquierda que llevó a Gustavo Petro a la Presidencia de la República.
Incluso desde el Pacto Histórico anunciaron que recurrirían a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) porque ese fallo adverso evidenciaba una persecución política hacia ellos, ya que dos más de sus legisladores, Roy Barreras y César Pachón, salieron del Congreso en procesos similares.
““Si seguimos en este ritmo, en corto tiempo no habrá congresistas del Pacto Histórico en el Senado (...) No descartamos que, además de cualquier acción en el plano interno, recurramos al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, porque ya es un número considerable de congresistas que hemos perdido”, dijo el senador Iván Cepeda, días después de la decisión del Consejo de Estado en contra de López.
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