
El Ministerio de Trabajo informó el jueves 13 de julio por medio de un comunicado que cerca de 10 mil empleos raizales quedaron protegidos gracias al fallo del tribunal internacional de La Haya, organismo que rechazó las pretensiones de Nicaragua contra Colombia.
Nicaragua exigía 200 millas náuticas, las cuales si hubieran sido entregadas al país de América Central habrían afectado directamente en la generación de empleo a la comunidad raizal del archipiélago.
Para la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, este fallo le devuelve la tranquilidad a las y los trabajadores de la pesca. ”Desde el Ministerio del Trabajo, celebramos con gran alegría el fallo de La Haya, el pronunciamiento de la corte internacional es muy importante, porque devuelve la tranquilidad a los trabajadores y trabajadoras de la pesca en San Andrés, a quienes hoy llamamos para que sigan adelante en los procesos de protección y de generación de empleos’'.
La líder de la cartera de trabajo recalcó que Colombia continúa avanzando en los procesos de formación laboral que se vienen adelantando de la mano del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).
Gloria Inés Ramírez destacó, además, las capacitaciones y la formación que se viene adelantando en las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, por lo que calificó la decisión de la Corte, como un instrumento de gran valor para los procesos que se adelantan en este territorio.
“Este fallo de La Haya es un instrumento que protege a más de 10 mil trabajadores raizales de las islas de San Andrés, Santa Catalina y Providencia, y contribuye de manera efectiva a la reactivación económica que requiere este territorio”, subrayó la ministra del Trabajo.
El departamento de trabajo en San Andrés adelanta acciones pertinentes para la reactivación del empleo y la formación para el trabajo desde los distintos programas que ofrece el Gobierno nacional para las Islas y sus habitantes.

Determinación de La Haya
Sobre las 8:30 a. m., del 13 de julio la CIJ se pronunció sobre el reclamo de Nicaragua hace casi una década, fecha desde la que el país centroamericano solicitaba extender su plataforma continental, es decir, la parte del subsuelo marítimo que se encuentra en el caribe. En esta oportunidad, la Corte Internacional de Justicia definió que Nicaragua no puede extender su plataforma, esto basándose en la imposibilidad sobreponerse sobre otro estado.
Sobre el caso, Joan Donoghue, presidenta de la Corte Internacional de Justicia aseguró Nicaragua no tenía derecho a la plataforma continental que reclamaba, es decir, a la pretención de extender la misma, resaltando que la solicitud no se podía sostener bajo la ley.
El concepto se basa en que Nicaragua no podía tener un área superpuesta sobre los límites con la frontera colombiana, teniendo en cuenta que si se llega a hacer el cálculo de millas náuticas desde la costa nicaragüense, esta se sobrepondría al área le pertenece a Colombia actualmente, situación que legalmente debe ser respetada.
La presidenta de la CIJ leyó la determinación en donde mencionó: “la Corte rechaza la solicitud hecha por Nicaragua para declarar que los límites marítimos entre la República de Nicaragua y la República de Colombia, en las áreas de las partes continentales que, según Nicaragua le pertenecen a ellos, esto, más allá de los límites determinados por la corte en su sentencia en el año 2012″.
Respecto a las votaciones durante la jornada Colombia tuvo una victoria arrolladora con un total de 13 participantes a favor y 4 en contra. Los cuales se dividieron así:
- A favor: presidenta Donoghue, vicepresidente Gevorgian. Además de los jueces: Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Sebutinde, Bhandari, Salam, Iwasawa, Nolte, Brant; y los jueces ad hoc McRae.
- En contra: jueces Tomka, Robinson, Charlesworth y el juez ad hoc Skotnikov.
Antecedentes al fallo
El 19 de noviembre de 2012, la CIJ falló a favor de Nicaragua y le ordenó a Colombia cederle al país centroamericano cerca de 75.000 kilómetros cuadrados de su soberanía en el mar Caribe. La respuesta del entonces Gobierno de Juan Manuel Santos fue acatar la decisión, pero no aplicarla por el ordenamiento constitucional del país para el establecimiento marítimo y terrestre de sus fronteras (artículo 101, Constitución Política de Colombia de 1991).
Al año siguiente, Nicaragua presentó dos nuevas demandas contra Colombia ante la CIJ: la primera, pidiendo extender su plataforma continental más allá de 200 millas náuticas (septiembre de 2013) y la segunda, reclamando por el supuesto incumplimiento del Gobierno colombiano del fallo de 2012 (noviembre de 2013). Por su parte, Santos anunció en noviembre de ese año que Colombia se retiraría de la jurisdicción del tribunal.
Solamente hasta el 21 de abril de 2022, la Corte leyó el fallo sobre las violaciones e incumplimiento de Colombia frente a la decisión de 2012. Dijo que el Gobierno colombiano violó derechos de Nicaragua en el mar Caribe en materia de investigación científica y pesca e instó al país a dejar de interferir en la zona, además de hacer un llamado de atención a ambos gobiernos para que lleguen a un acuerdo bilateral sobre sus fronteras.
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