
Fin de semana largo. El Gobierno declaró este viernes 7 de octubre como feriado no laborable para los trabajadores del sector público a nivel nacional. De esta manera, se busca reactivar el turismo interno con el fin de semana largo, pues el 8 de octubre es feriado por la conmemoración del Combate de Angamos.
La norma precisa que las horas dejadas de laborar durante este día deberán ser compensadas en los 10 días posteriores, o previo acuerdo con el titular de cada entidad pública, en función a las necesidades requeridas.
Asimismo, los titulares de las entidades deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar la provisión de servicios indispensables para la sociedad durante el feriado no laborable.
Cabe señalar que este viernes 7 de octubre fue declarado como día no laborable debido a que el 8 de octubre es feriado porque se conmemora el Combate de Angamos recordando a Miguel Grau y otros héroes que dieron su vida defendiendo al Perú.
Sector privado
La aplicación de esta normativa es para el sector público, sin embargo, el sector privado puede acogerse a esta disposición, en acuerdo entre el empleador y trabajadores, en el que se define la recuperación de horas dejadas de laborar.
Las entidades y empresas privadas que realizan servicios esenciales como los sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; deben determinar cuáles son los puestos que sí pueden tomar el feriado no laborable y cuáles son los que deben continuar laborando a fin de garantizar la correcta prestación de servicios a la comunidad.
Feriados que quedan en el 2022
Los feriados que quedan hasta diciembre de este año son los siguientes:
Martes 1 de noviembre, jueves 8 de diciembre, viernes 9 de diciembre, y domingo 25 de diciembre
Para lo que resta del año, los trabajadores del sector público tendrán tres días más declarados como feriados no laborables:
Se trata del lunes 31 de octubre, lunes 26 de diciembre y viernes 30 de diciembre.

¿Cuál es la diferencia entre feriados y días no laborables en Perú?
Los feriados se establecen por medio de una ley, mientras que los días no laborables son dictados por un Decreto Supremo emitido por el Ejecutivo.
Los feriados en Perú son días de descanso sin descuento para los trabajadores sin que vean reflejado una reducción en su remuneración. En caso ese día el trabajador labore de manera habitual, sin compensación de otro día de descanso, el empleador deberá abonar el triple de la remuneración diaria, según lo establecido en la normal. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral es la entidad encargada de fiscalizar que los pagos se realicen de manera oportunidad evitando que se vulnere los derechos de los trabajadores.
En el caso de los días no laborables, que son dictados a través de un decreto supremo, son compensables que horas de trabajo en los 10 días posteriores previa coordinación con el jefe inmediato.

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