Fiestas Patrias: ¿cuánto me deben pagar si trabajo el 27, 28 y 29 de julio?

Todo trabajador que labore para una empresa los días feriados debe recibir una remuneración adicional, según leyes peruanas.

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Fiestas Patrias: ¿cuánto me deben pagar si trabajo el 27, 28 y 29 de julio? Foto: Andina
Fiestas Patrias: ¿cuánto me deben pagar si trabajo el 27, 28 y 29 de julio? Foto: Andina

Julio es el mes donde los peruanos celebran la conmemoración de la Independencia del Perú, hecho que sucedió el 15 de julio de 1821. Este año se cumplen 201 años de soberanía peruana y los ciudadanos celebran esta fecha de distintas formas.

Es usual que durante los días feriados de Fiestas Patrias las empresas brinden descansos, por lo que muchos peruanos viajan a distintas partes del país y el mundo, pero en algunos casos, las empresas continúan con sus labores cotidianas durante estos días, al igual que sus trabajadores, quienes al no descansar los feriados, deberán recibir una remuneración extra, según las leyes peruanas.

¿CUÁNTO SE PAGA POR TRABAJAR 27, 28 Y 29 DE JULIO?

Los trabajadores deben de tener en cuenta que los días 27 de julio es un día no laborable solo para el sector público, mas no para el privado. Los empleados estatales deberán compensar en lo que resta del año este día no laborado.

Respecto al 28 y 29 de julio, se tratan de feriados nacionales no laborables para todos los trabajadores (estatales y privados), pero si esos días el empleador no descansa porque la empresa le pide que continúe con sus labores (remoto o presencial), entonces deberá de recibir un triple pago por día (28 y 29). El triple pago solo se dará si es que ambas partes no acuerdan un día de descanso como compensación de los días festivos.

FOTO DE ARCHIVO-Un cambista sostiene billetes de sol peruano en una calle del centro de Lima, Perú. 15 de diciembre de 2017. REUTERS/Mariana Bazo
FOTO DE ARCHIVO-Un cambista sostiene billetes de sol peruano en una calle del centro de Lima, Perú. 15 de diciembre de 2017. REUTERS/Mariana Bazo

Por ejemplo, si el trabajador gana el sueldo mínimo que es S/ 1,025 soles, divido entre 30 días, tenemos que por un día su paga es de S/ 34.16 soles. Por lo tanto, si trabaja el 28 de julio, recibirá S/ 34.16 soles adicionales por laborar un feriado y otros S/ 34.16 por la sobretasa. Es decir, por el día 28 de julio su remuneración total será de S/ 102.48 soles. Si trabaja el 29, se da el mismo escenario, según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

En conclusión, si se trabaja el día 27 de julio el pago es el de un día común, pero si se trabaja el 28 y 29 de julio, el pago es la remuneración común por día (que está incluído en el sueldo), otra remuneración por el feriado, y otra por sobrecosto. Todas equivalentes al 100% de pago diario.

DATO: El triple pago abarca tu salario por día (que ya está incluido en tu sueldo bruto), el trabajo realizado en un feriado nacional y la sobretasa del trabajo.
Billetes peruanos. Foto: Andina
Billetes peruanos. Foto: Andina

¿CÓMO SE CALCULA EL PAGO DE LOS DÍAS FERIADOS?

Las personas deben hacer el cálculo sobre el sueldo general que perciben (sin tomar en cuenta los descuentos de ley) y dividir su sueldo entre 30 días. Ahí podrán saber cuál es el pago que reciben por día laborado.

Luego, deberán multiplicar el monto por 3 y sabrán cuánto es lo que recibirán por día.

Por ejemplo, tomando en cuenta que te paguen S/ 50 soles por día, al ser multiplicado por 3, sale que recibirás S/ 150 soles por día feriado laborado. Pero recuerda que S/ 50 soles es parte del sueldo base que percibes, por lo tanto, en tu pago final verás solo el aumento de S/100 por 28 de julio y el mismo escenario es para el 29 de julio.

DATO: Los trabajadores de la modalidad “medio tiempo” o “Part Time”, deben hacer el mismo cálculo sobre el sueldo del contrato. Los beneficios de los feriados nacionales se aplican para todos los trabajadores que se encuentren en una planilla.

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