Secuestro y tortura de mujeres en La Libertad, una violación a los derechos humanos que no debe quedar impune

Las rondas campesinas funcionan como operadores de justicia dentro de su ámbito territorial. Sin embargo, la reciente denuncia de tortura, prácticas humillantes y amenazas de muerte han excedido las sanciones otorgadas por la Corte Suprema a estas agrupaciones, pues estos hechos representa la violación a los derechos humanos de las víctimas.

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Rondas Campesinas en la polémica por retención y tortura a mujeres en Pataz
Rondas Campesinas en la polémica por retención y tortura a mujeres en Pataz

Al menos 15 mujeres fueron secuestradas y torturadas por ronderos en Chilia, en La Libertad. Según la Defensoría del Pueblo, ellas fueron retenidas el 29 de junio tras ser acusadas de hechicería. “Han sido torturadas, los meten al agua, lo cuelgan, (les dicen) que les van a quemar, les van a desaparecer”, contó un denunciante. Tras la insistencia de instituciones públicas como el Ministerio de la Mujer, la Defensoría del pueblo y la apertura de una investigación fiscal de parte del Ministerio Público, el 12 de julio fueron liberadas.

Infobae consultó con Ana Jara, exministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quien informó que este secuestro acumula una serie de delitos que deben ser investigados, pues la violación de derechos humanos no forma parte de las sanciones contempladas por el derecho consuetudinario de las rondas.

Hasta la fecha, las fuentes testimoniales han confirmado que la detención de las mujeres se debe a sus prácticas de hechicerías. El presidente de la Central Única Nacional de Rondas Campesinas de La Libertad, Pablo Haro, indicó a RPP Noticias que las mujeres han reconocido haber realizado estas prácticas contra personas de Carhuacocha, en la provincia de Pataz. “A dos ya las han liberado. Ellas han hecho compromiso: que se van a retirar también del pueblo. Ellas mismas han hecho su declaración, han sido intervenidas ahí por unas prácticas de brujería”, dijo.

Asimismo, Iván Pinedo Escudero, sobrino de una de las mujeres secuestradas, explicó que los ronderos no han encontrado pruebas de tal acusación. El joven detalló que su familiar junto al resto de peruanas secuestradas fueron víctimas de violencia.

Supuestamente, agarraron a una señora haciendo el acto de hechicería. Sin embargo, esa señora implica a mi tía y la ronda la retuvo sin tener ninguna prueba. Se han reunido y han decidido tener 20 días más en cadena ronderil, donde mi familiar está siendo muy golpeada. Está herida, tiene hematomas”, declaró.

En el video difundido por ATV Noticias se ven las agresiones que padecieron las mujeres durante su secuestro. Golpes, moretones, gritos, desnudos y hasta fueron colgadas de una pierna como sanción a las presuntas prácticas de brujería. Sin embargo, las sanciones que imparten las rondas campesinas no pueden ir en contra de los derechos fundamentales de las personas.

Ronderos secuestran, torturan y azotan a mujeres acusadas de ser 'hechiceras' | VIDEO: ATV

Anteriormente, el abogado constitucionalista Erick Urbina señaló a Infobae que estos castigos no pueden contravenir los derechos reconocidos por la Constitución Política del Perú. De acuerdo al experto en leyes, debido a esto se han registrado denuncias en contra de miembros de rondas por haber cometido actos de tortura.

“Estas costumbres que ellos tienen, que dentro de ellos, incluso, de las propias rondas y su justicia ronderil, no puede ir contra lo que manda la Constitución no puede haber tortura, por ejemplo, como antes lo han hecho y por eso hubo sentencias en contra de las rondas”, precisó.

VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS Y OTROS DELITOS POR DEFINIR

De acuerdo a un pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo donde exige la liberación de las mujeres acusadas de brujería, la entidad identificó “graves vulneraciones a sus derechos fundamentales [de las víctimas]” en esta detención. “De las imágenes propaladas se aprecia que la ronda habría colgado de un pie a una de ellas, así como realizado otras acciones degradantes, afectando gravemente la dignidad, integridad física y salud de ambas”, detalló.

infobae

Al respecto, la exministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ana Jara, explicó que los métodos de sanción empleados por los ronderos en contra de las, por lo menos, quince mujeres secuestradas habrían excedido el límite establecido por la Corte Suprema a a estas agrupaciones.

Estamos hablando de un caso de violación a los derechos humanos y ese es el límite. Ese es el límite que la Corte Suprema ha establecido a estas facultades excepcionales jurisdiccionales que tienen las Rondas Campesinas para aplicar justicia en temas propios de aplicando el derecho consuetudinario, que es el derecho a la costumbre de sus zonas territoriales”, enfatizó.

De acuerdo a la especialista, si bien se ha identificado que estas mujeres fueron privadas de su libertad y agredidas físicamente, son más los delitos que se pueden imputar en contra de los responsables.

“No solamente se ha violentado el derecho a la libertad, se ha infringido derecho delitos contra la vida el cuerpo y la salud además no ha habido aparentemente un ejercicio del derecho a la defensa, que eso también es un derecho fundamental de las personas la persona que por más jurisdicción a la que te sometas ya sea a las rondas campesinas [...] la Corte Suprema en su jurisprudencia indica que tienes que ejercer tu derecho a la defensa, que no ha habido”, informó.

“No puede ligeramente decidirse que se va a someter a maltrato físico a una persona en aplicación de una justicia. No puedes ir contra de la vida, el cuerpo y la salud. Eso eso está penado. Eso es el límite: el respeto a los derechos fundamentales de la persona de las personas. Eso tienen que respetar no solamente las Rondas Campesinas, sino también todos los operadores del derecho”, añadió.

Por su parte, la abogada refirió que si bien es posible sancionar a los pobladores que practiquen brujería, esta forma de justicia no debe atentar en contra de los derechos de las personas ni la Constitución actual. Por ello, Jara resaltó que, en este caso, “es indistinto” el delito del cual se le acusen a las mujeres, ya que ello no justicia las agresiones que han padecido.

“Toda acción de administrar justicia pasa por el respeto ineludible de los derechos fundamentales de la persona. Para ellos [ronderos], la hechicería puede estar prohibida, pero nada les da derecho a atentar contra la vida el cuerpo y la salud de las personas, cercenarle su derecho a la defensa y someterlas a tratamientos humillantes e indignos”, acotó.

La letrada resaltó que es importante que se establezcan sanciones en contra de los operadores de justicia que atenten en contra de los derechos de las personas, de manera que cualquier entidad o agrupación que desee establecer justicia tome en cuenta que puede ser investigado y sancionado legalmente.

“Cualquiera en el país que pretenda administrar justicia sepa que existen derechos. Todo tiene un límite y ese límite empieza con los derechos de los demás. En este caso, los derechos fundamentales de las personas. Si existe una detención una detención en fragancia, evidentemente, se puede proceder a investigar”, refirió.

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