Pedro Castillo habría vulnerado cinco normas sobre transparencia tras conocerse reuniones privadas en Breña

La Contraloría y la procuraduría pidieron información a Palacio de Gobierno sobre las polémicas reuniones que el mandatario habría sostenido con empresarios.

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Foto de arcchivo. El presidente de Perú, Pedro Castillo, asiste al 76 ° período de sesiones de la Asamblea General en la sede de la ONU en Nueva York, Estados Unidos, el 21 de septiembre de 2021. Mary Altaffer / Pool vía REUTERS
Foto de arcchivo. El presidente de Perú, Pedro Castillo, asiste al 76 ° período de sesiones de la Asamblea General en la sede de la ONU en Nueva York, Estados Unidos, el 21 de septiembre de 2021. Mary Altaffer / Pool vía REUTERS

Las reuniones del presidente de la República, Pedro Castillo, en la vivienda de Breña ha causado gran revuelo, pues según el reportaje del programa ‘Cuarto Poder’ estas habrían sido en secreto y sin dejar constancia en el portal de Transparencia e implicarían la vulneración de cinco normas a la transparencia en la gestión pública.

El programa dominical de América Tv mostró cómo Pedro Castillo llegaba a la vivienda de Breña sin su tradicional sombrero y se reunió con empresarios como Karelim López Arredondo, quien visitó hasta en seis oportunidades Palacio de Gobierno y es asesora de Termirex S.A.C, una de las empresas del consorcio Puente Tarata que ganó una millonaria adjudicación el mes pasado.

Tras este destape, la Contraloría ha solicitado al despacho presidencial información sobre las actividades realizadas en la casa del pasaje Sarratea 179, como parte de sus acciones de control.

Además, indicó que se ha recomendado medidas correctivas con el “incumplimiento del registro de visitas que, entre otros aspectos, podrían significar alguna gestión de interés”.

En tanto, la jefa del Órgano de Control Institucional (OCI) de la Presidencia, Aída Céliz Kuong, solicitó al nuevo secretario de presidencia brinde las facilicades del caso ante el inicio de una acción de control simultáneo a las actividades de Pedro Castillo en el inmueble de Breña.

La procuraduría también emitió otro oficio en el que se pidió se comunique si se cumplieron las recomendaciones hechas en agosto tras conocerse que Castillo despachaba al inicio de su gestión desde Breña y advirtió que ello podría afectar la transparencia del ejercicio de la función pública.

En tanto, Pedro Castillo, en un mensaje a la Nación, rechazó haber tenido participación en actos que favorezcan intereses particulares y manifestó que cualquier persona que haya traicionado su confianza y se aproveche de algún cargo, tienen que ser investigadas y sancionadas por la justicia.

Manifestó que las reuniones oficiales se realizan en la sede de Palacio de Gobierno y en su domicilio recibe visitas que son de carácter personal.

“Rechazo enérgicamente haber tenido participación en actos irregulares y que hayan favorecido intereses particulares, por eso saludo que los órganos competentes efectúen una rápida y profunda investigación”, manifestó.

Pedro Castillo Mensaje a la Nación

¿QUÉ NORMAS INCUMPLIÓ PEDRO CASTILLO?

Las normas claves que habría vulnerado el mandatario al sostener reuniones privadas en Breña son las siguientes:

Ley 28024, que regula la gestión de intereses en la administración pública, la misma que indica que “los funcionarios y servidores públicos con capacidad de decisión, incluyendo el presidente, están prohibidos de atender actos de gestión de intereses fuera de la sede institucional. Excepcionalmente, pueden hacerlo siempre y cuando sean programados previamente en la agenda oficial”.

Esta norma también señala que “se debe mantener actualizada la información que se consigna en el registro de visitas, garantizando su seguridad, publicidad y acceso en formato de datos abiertos en los portales web institucionales”.

Otra ley a la que habría faltado Pedro Castillo es el Decreto Supremo que aprueba la ley 28024, que define “la gestión de intereses como la actividad mediante la cual personas naturales o jurídicas ‘promueven de manera transparente sus puntos de vista en el proceso de decisión pública a fin de orientar dicha decisión en el sentido deseado por ellas”.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo: “las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo” y que “las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a la información”.

Ley de Transparencia y acceso a la información pública que estipula “que las entidades de la administración pública deben publicar en sus portales web las actividades oficiales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la entidad respectiva”.

Igualmente, se vulneró el Reglamento de Organización y funciones del Despacho Presidencial la que precisa que “el despacho presidencial tiene como domicilio la Casa de Gobierno o Palacio de Gobierno, ubicada en la ciudad de Lima”

Ivan Lanegra, secretario general de Transparencia, y Samuel Rotta, director de Proética, indicaron que la situación de los involucrados se complicaría en torno a la gestión de intereses y sobre el mandatario tendría que darse una investigación de la contraloría o la fiscalía.

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