Pensión de alimentos en Perú: ¿Hasta qué edad se debe pagar?

¿Cuánto dinero se recibe y por cuánto tiempo se paga? Conoce todas las respuestas que necesitas saber.

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Para prevalecer el bienestar de los menores de edad, se desarrolló la denominada pensión de alimentos que puede ser solicitada a las autoridades correspondientes por uno de los padres de familia. Esta se define como el deber que tiene una persona de brindar subsistencia a otra por vivienda,  recreación, educación, entre otros.

La pensión puede darse mediante acuerdo entre las partes o por vía judicial.

¿HASTA QUÉ EDAD SE DEBE PAGAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

El hijo o hija tiene derecho a recibir una pensión de alimentos hasta los 18 años de edad. Si existe un tipo de  incapacidad física o mental, o si se encuentra cursando estudios, en una universidad o un instituto, el plazo del pago se puede extender hasta los 28 años.

¿EL HIJO/HIJA PUEDE DEMANDAR UNA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

Sí. Cuando alcanza la mayoría de edad (cumple 18 años) el hijo o hija puede solicitar esta pensión de alimentos. Como requisito principal necesita acreditar el porqué se realiza la demanda.

Recuerda que el pago debe ser mensual y obligatorio hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad.

¿CÓMO SE CALCULA LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

La ley peruana no establece un monto especifico para calcular el monto que se deberá pagar, pero existen algunos criterios que se consideran, como: los ingresos que presenta el padre o madre, la necesidad alimenticia, capacidad económica del deudor, si tiene carga familiar, entre otros.

¿QUÉ HACER SI EL PADRE/MADRE SE NIEGA A PAGAR LA PENSIÓN?

Los afectados pueden recurrir a una de estas tres vías:

- La conciliación.

- La conciliación extrajudicial cuando el padre no cumple con el acuerdo que se dio producto de la conciliación).

- El proceso judicial.

Debes tomar en cuenta que si el deudor no cumple, se podrá embargar sus cuentas o los ingresos que reciba por su actividad laboral. Incluso, a pedido del demandante de la pensión de alimentos, el juez de oficio puede derivar la documentación correspondiente a la fiscalía para que se formalice la denuncia penal.

¿PUEDO IR A LA CÁRCEL SI NO PAGO?

Sí. De acuerdo al Código Penal, el delito de Omisión a la Asistencia Familiar (OAF) es sancionado con hasta tres años de prisión.

REQUISITOS PARA INICIAR UN JUICIO POR ALIMENTOS

La copia del DNI de la persona solicitante.

La partida de nacimiento del niño, niña o adolescente.

Nombre completo del padre o madre al que se demanda, su dirección de domicilio o de su lugar de trabajo.

Constancia de estudios del hijo o hija.

Las boletas, recibos de pago o documentos sobre gastos ocasionados por la crianza del hijo o hija (salud, vestido, alimentación, educación, recreo, entre otros).

Para realizar esta demanda no hay necesidad de recurrir a un abogado. Actualmente puedes iniciar el proceso descargando un formulario, llenarlo y presentarlo ante el Juzgado de Paz más cercano a tu domicilio o en cualquier Módulo Contra la Violencia Familiar.

Este formulario es válido tanto para niñas, niños y adolescentes. Incluye varios aspectos sencillos de rellenar, para lo cual se debe leer con atención y llenar con cuidado especificando todos los datos que se solicitan.

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