Durante la sesión de este lunes, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendieron la sesión en donde se discutió la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO), que, aunque el pleno de la Corte aún no votó, 3 de los 11 ministros se pronunciaron en contra de declararla inconstitucional. Se trata de Loretta Ortíz, Alberto Pérez Dayán y Yasmín Esquivel Mossa.
Es importante recordad que esta última, estuvo en el ojo del huracán el pasado mes de abril cuando concedió a la Fiscalía General de la República (FGR) la suspensión con la que se evitó la entrega del expediente de Pío López Obrador, investigado por su presunta responsabilidad en el delito de financiamiento ilícito. Su argumento fue que “podría vulnerar a sus derecho humano de la protección de datos personales”.
Sin embargo, en la más reciente discusión de la Corte, la Ministra cambió su postura de defensa a los victimarios por la defensa de la víctimas y para ello apeló a la necesidad de la figura en cuestión en un contexto de inseguridad para México y la incapacidad de la SCJN para irrespetar la Constitución.
Para abrir su participación, la Ministra recordó los recientes hechos violentos ocurridos en estados como Michoacán, Guanajuato, Zacatecas, Veracruz, Tamaulipas y Morelos, en donde los narcobloqueos y la inseguridad han estado a la orden del día.

Aseguró que no atender a las víctimas de esos sucesos sería no estar escuchando a la sociedad mexicana “que demanda justicia y vivir con tranquilidad en el marco de nuestra Constitución, que reconoce la protección de los derechos humanos para todos”.
En este sentido señaló que la PPO ha sido, por la experiencia, necesaria y útil desde el 2008 para combatir los delitos y para la protección de los derechos humanos de las víctimas”.
Este argumento ha sido utilizado en diversas ocasiones por el gabinete del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
Ricardo Mejía, subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), ha asegurado que eliminar dicha medida beneficiaría a “92 mil personas tales como secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, entre otros, que podrían solicitar un amparo y ser excarcelados, con lo cual habría una gran impunidad”.
De igual forma Yazmín Esquivel Mossa, defendió la PPO ante sus homólogos, al señalar que el máximo órgano no es responsable de reformar la Constitución, no está dentro de sus facultades establecidas, pero comentó que la Corte sí es la principal en apegarse a ella.
Contrario a lo expresado por otros integrantes de al SCJN, la jueza Esquivel se mostró incrédula ante la afirmación de que la medida cautela fuera dictada de forma automática, pues, recordó que son necesarias pruebas e indicios para concluir que una persona esté o no implicada en un delito, por lo que para ella, más que una sanción anticipada es una medida para asegurar el cumplimiento del proceso penal.

Asimismo consideró que si hay un abuso en la medida cautelar de la PPO, este no es un problema de la Constitución, ni está la Corte facultada inaplicarla: “a quienes corresponde revisar este catálogo de delitos, o bien si es necesario eliminarla de plano de la Constitución (...) es exclusivamente al Constituyente Permanente”, cerró.
López Obrador ha sido uno de los primeros en defender también este argumento, pues a opinado que en principio no es facultad de la Suprema Corte votar por el asunto, sino que corresponde a los legisladores.
Además, el mandatario recientemente reconoció que ha presionado a la Corte para conservar la prisión preventiva forzosa en el país.
“Puede ser que sí sea presión ¿eh? Porque tocamos el tema, porque ¿Cómo no vamos a tratar el asunto si es delicadísimo? Imagínense ustedes, independientemente que el Poder Judicial, en este caso la Suprema Corte, invalida un artículo de la Constitución y está interfiriendo en la esfera de otro poder”, dijo el mandatario en su rueda de prensa matutina.
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