
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó reservar los contratos y comprobantes de pago de vacunas contra el virus del SARS-CoV-2 debido a que puede poner en riesgo la seguridad nacional. Por medio de un comunicado informó que se puede “obstaculizar o bloquear acciones tendentes a prevenir o combatir pandemias en el país.”.
Además determinó que: “Los comprobantes de pago respectivos deben ser clasificados como información reservada por un periodo de 5 años, pues su divulgación puede poner en riesgo la seguridad nacional por la misma razón expuesta”.
Sin embargo reiteró que esta medida no impedirá la divulgación a una versión pública en la que se pueda acceder a aquellos aspectos que no fueron materia de la reserva o constituyan información confidencial tales como datos personales y secreto comercial.

Por otro lado el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) declaró que respetará las sentencias impuestas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la entrega de documentos para la adquisición de vacunas.
Por medio de un comunicado el INAI informó que el pleno de la Institución determinó, por unanimidad, revocar la reserva de la información invocada por la Secretaría de Salud y le pidió entregar las versiones públicas de los contratos para la adquisición de vacunas contra el COVID por farmacéuticas como Pfizer, AstraZeneca, CanSino, Sputnik, Serum y Sinovac.
Además declaró: “El Pleno resolvió modificar la respuesta de la SSA y le instruyó confirmar, a través de su Comité de Transparencia, la clasificación de los comprobantes de pagos para la adquisición de vacunas contra COVID-19 como información reservada y confidencial, con fundamento en los artículos 110, fracción II y 113, fracciones II y III, de la Ley Federal de Transparencia.

Por otro lado, señaló que las comisionadas y los comisionados del INAI confían en que asegurar la apertura de información sobre la adquisición de las vacunas es una obligación constitucional que siempre ha posicionado al Instituto en el liderazgo internacional en materia de acceso a la información y rendición de cuentas.
“Al respecto, dicho organismo internacional puntualizó que se debía asegurar el derecho de acceso a la información pública en el marco de la emergencia generada por COVID-19 y no establecer limitaciones generales basadas en razones de seguridad u orden público”, se afirmó en el comunicado.
Por último el INAI afirmó que privilegió la apertura de la información favoreciendo el principio de máxima publicidad y rendición de cuentas por encima de los posibles intereses o factores externos. “Sobre todo, cuando se trata de contrataciones pagadas con recursos públicos, las cuales, incluso, están consideradas como una obligación de transparencia” declaró el INAI.

“El INAI se mantendrá atento a la notificación de las sentencias, a fin de analizar y conocer a detalle su contenido y los argumentos que llevaron al Máximo Tribunal a resolver en dicho sentido”, se afirmó en el comunicado.
En la sesión del pleno de SCJN se votó con ocho votos a favor de reservar esta información y dos en contra. El ministro presidente Arturo Zaldívar afirmó que no estaba de acuerdo con respecto a enfocarlo como seguridad nacional pero votó a favor porque consideró que la información puede generar daños en próximas negociaciones.
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