
En los últimos días se difundió la noticia de que el doblaje mexicano había quedado prohibido debido a la reforma que sufrió el artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía. Sin embargo, este acontecimiento es falso, ya que la Asociación Nacional de Actores (ANDA) salió a posicionarse sobre el tema y aclarar cualquier duda al respecto.
Todo comenzó cuando Clemente Castañeda, coordinador nacional de Movimiento Ciudadano (MC), celebró la aprobación del decreto en sus redes sociales.
“Con gusto les informo que hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la iniciativa que presenté en el Senado de la República junto con 106 organizaciones civiles para obligar a los cines a proyectar todas las películas con subtítulos en español”, escribió el político en su cuenta de Twitter.
De acuerdo con la bancada de MC, el objetivo de esta reforma es que puedan asistir a las salas personas con debilidad auditiva, por lo que a partir de este lunes 22 de marzo los cines mexicanos sólo podrán exhibir películas en su idioma original y con subtítulos en español.
En el decreto que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se señala que solamente las películas infantiles y los documentales educativos podrán ser doblados, pero deberán tener subtítulos.
“Las películas serán exhibidas al público en su versión original y subtituladas al español, en los términos que establezca el Reglamento. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas, pero siempre subtituladas en español”, se lee en el documento oficial.
Cabe señalar que esta reforma al artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía deberá ser reglamentada en un plazo no mayor a 60 días.
La iniciativa fue votada en el mes de febrero por la Cámara de Diputados con 443 votos a favor.

La difusión de esta iniciativa generó confusión a tal grado que se pensó que el doblaje mexicano había sido prohibido y que muchos artistas se verían afectados.
Ante el vacío informativo, la ANDA lanzó un comunicado en el que explica la situación sobre la reforma a la Ley Federal de Cinematografía.
En un primer punto, la ANDA señala que la reforma reciente al artículo 8 “sólo agrega la obligatoriedad a subtitular todas las películas exhibidas en el país, incluidas las dobladas en español, esto sin mencionar afectación alguna al ejercicio profesional de nuestros agremiados de la especialidad de doblaje”.

De igual forma, se recalca que, desde 1992, el artículo 8 incluye la siguiente redacción: “Las películas serán exhibidas al público en su versión original y en su caso subtitulados en español, en los términos que establezca el reglamento. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas al español”.
La ANDA informó que, desde hace dos décadas, un grupo de empresas distribuidoras y exhibidoras “promovieron un amparo para garantizar que en México el doblaje pueda aplicarse libremente en cualquier género cinematográfico. El amparo procedió y sigue vigente”.
Al final, la ANDA consideró que dicha reforma no intenta afectar el ejercicio de los profesionales del doblaje, por lo que, aseguraron, seguirán en contacto con las autoridades y reiteraron su compromiso para que el marco legal institucional garantice sus derechos como trabajadores y trabajadoras de la industria del arte.
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