
En el marco conmemorativo del Informe Anual de la Declaratoria de Alerta de Violencia contra las Mujeres y las Niñas, instaurado por Claudia Sheinbaum, jefa de gobierno de la Ciudad de México, la militante de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) notifico que la Ley Olimpia es una realidad en la capital nacional y que “desde que fue aprobada, en el 100 % de los casos se ha logrado eliminar el contenido digital como medida de protección a víctimas”.
La ceremonia, con perspectiva de género, tuvo lugar este martes 23 de noviembre en la CDMX, evento al cual acudieron mujeres destacadas de la administración pública y defensoras de los derechos de la mujer como Rsario Piedra Ibarra, presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH); Olga Sánchez Cordero, titular de la Secretaría de Gobernación (Segob); y Ernestina Godoy, fiscal general de la capital nacional.
La doctora Sheinbaum Pardo, por su cuenta, presentó en su cuenta oficial de Twitter una cronología en el tema de la llamada Ley Olimpia, misma que persigue y castiga la violencia digital contra las mujeres.

3 de diciembre del 2019: El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad las reformas al Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, a fin de sancionar la violencia digital en contra de las mujeres.
22 de enero del 2020: Publicación de la Ley Olimpia en la en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, No. 267 Bis.
30 de abril del 2020: Establecer un mecanismo de atención oportuna específico para víctimas de acoso y violencia digital.
30 de junio del 2020: Creación de un sistema informático de inteligencia para la detección oportuna de los responsables.

Con esta implementación se reformó el Artículo 179 BIS del Código Penal de la CDMX, en el cual se establece que:
“Se impondrá de cuatro a seis años de prisión y de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) a quien haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos, contacte a una persona menor de dieciocho años de edad, a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho a persona que no tenga capacidad para resistirlo y le requiera o comparta imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual o le solicite un encuentro sexual”.
Asimismo, en el 181, que abunda en el tema de la Intimidad Sexual, mismo que prohíbe y castiga la creación, grabación de cualquier índole, reproducción, difusión, exhibición, de “contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño”.
Con todo esto en cuenta, el gobierno de la CDMX incentiva a todas las mujeres que sean víctimas de este tipo de violencia a proceder contra su agresor.

En la capital se puede realizar la denuncia de dos formas. La primera y más común es de modo presencial en el Ministerio Público (MP); sin embargo, la administración local también generó el método de denuncia digital en el sitio https://denunciadigital.cdmx.gob.mx/
También ante la Policía Cibernética capitalina al correo: policia.cibernetica@ssp.df.gob.mx
En todo momento se llevará un protocolo con perspectiva de género que propicia el debido proceso y acompañamiento a víctimas en este tipo de circunstancias, donde se explicarán las distintas modalidades de este tipo de violencia con la finalidad de que la agraviada quede satisfecha con la impartición de justicia.
Finalmente, si el contenido que se denuncia se encuentra circulando en la red, éste será dado de baja de las plataformas o sitios web en los que esté circulando.
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