
La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra el exalcalde de Bogotá, Samuel Moreno, por los hechos de corrupción en los que estuvo involucrado, en el caso conocido como el “carrusel de la contratación”. Sin embargo, de otro lado, también se tomó la decisión de absolverlo por uno de los delitos por los que era señalado.
Tras anunciar la ratificación, el alto tribunal fijó en once años y diez meses de prisión un de las penas que pesan contra en exfuncionario de la capital del país.
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De acuerdo con la información revelada por la Corte Suprema de Justicia, en la decisión adoptada por la Sala de Casación Penal, se hizo un análisis de la sentencia de segunda instancia emitida en 2019 por los delitos de cohecho propio, interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación.
Los anteriores delitos están relacionados con el contrato de malla vial 006 de 2008, el de valorización 180 de 2005 y la cesión del contrato 137 de 2007 para la Fase III de Transmilenio, según informó el alto tribunal.
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Sobre los delitos de cohecho e interés indebido en la celebración de contratos, la Sala de Casación Penal confirmó la condena contra Samuel Moreno porque se pudo establecer que el entonces alcalde de Bogotá benefició a quienes lo apoyaron económicamente durante su campaña a la Alcaldía.
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El alto tribunal explicó que a su juicio, Samuel Moreno cometio, entre otros, el delito de cohecho “pues acordó la obtención de grandes beneficios económicos a cambio de favorecer a los contratistas que colaboraron con dinero y políticamente en su campaña para conseguir ser elegido como alcalde de Bogotá”.
Absuelven a Samuel Moreno por el delito de peculado
De otro lado, el alto tribunal informó que el exalcalde de Bogotá fue absuelo por otro delito que se le atribuía. La razón de esta decisión está basada en que la capital del país no perdió dinero por la cesión del contrato que estaba en estudio.
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“Frente al delito de peculado tuvo en cuenta como hecho sobreviniente la decisión judicial que hizo tránsito a cosa juzgada mediante la cual se absolvió a la directora del IDU, Liliana Pardo, por este mismo comportamiento atribuido al entonces alcalde mayor”, indicó la Corte de Suprema de Justicia este miércoles 16 de noviembre.
En ese fallo, del 7 de febrero de 2020, se declaró que en la cesión del contrato 137 de 2007 el Distrito no perdió dinero, según estableció esta instancia.
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