Caso Jimena Salas: recurrirán a la Corte luego de que la Justicia anulara la culpabilidad del único condenado

La decisión del Tribunal de Impugnación dejó sin efecto la responsabilidad penal que se le adjudicó post mortem a Javier Saavedra

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Jimena Salas tenía 44 años cuando murió de varias puñaladas en su casa de Vaqueros
Jimena Salas tenía 44 años cuando murió de varias puñaladas en su casa de Vaqueros

Tal como lo habían anticipado fuentes oficiales, el Ministerio Público Fiscal de Salta confirmó que apelará la decisión del Tribunal de Impugnación que el miércoles por la noche dio a conocer un inesperado giro en la causa por el homicidio de Jimena Beatriz Salas, ocurrido el 27 de enero de 2017 en la localidad de Vaqueros.

Mediante una publicación, el organismo aseguró que recurrirá a todas las instancias que sean necesarias, empezando por la Corte de Justicia de Salta, luego de que revocaran la sentencia contra el declarado autor del crimen, el fallecido Javier Nicolás Saavedra, ocho meses después de dictarla. En paralelo, reafirmó la absolución del resto de los hermanos Carlos Damián y Adrián Guillermo Saavedra, tras rechazar el recurso de casación elevado por el MPF que buscaba revertir esta acción.

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Los jueces José Luis Riera, Mónica Faber y Maximiliano Troyano habían aplicado el principio jurídico “in dubio pro reo”, en donde los absolvieron por el beneficio de la duda.

La presentación ante la Corte de Justicia abarcará distintos aspectos de la resolución que, a criterio del MPF, merecen revisión constitucional. El organismo también se reservó la posibilidad de llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación si las instancias provinciales no prosperan.

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(El Tribuno)
Javier Saavedra fue hallado sin vida en una celda antes del juicio

Uno de los argumentos centrales del recurso radica en una distinción que el MPF considera que el Tribunal de Impugnación no supo separar: la imposibilidad jurídica de condenar a una persona fallecida y la obligación del Estado de dejar asentado, en la sentencia, cuáles fueron los hechos que el juicio oral acreditó. Para el organismo, reconstruir cómo ocurrió un delito a partir de las pruebas producidas en un debate público no equivale a atribuir responsabilidad penal a quien ya no está vivo.

El propio fallo del Tribunal reconoció que las pruebas presentadas durante el juicio demostraron que el principal acusado participó activamente en el crimen junto con, al menos, otra persona. “Prácticamente la totalidad de la prueba producida en el debate dio cuenta de una activa participación de Javier Saavedra en el accionar delictivo que terminara con la muerte de quien en vida se llamara Jimena Salas”, indicó el MPF. Aun así, los jueces anularon la condena porque Saavedra había muerto horas antes de que comenzara el juicio oral, lo que, según su criterio, impedía mantener cualquier pronunciamiento en su contra.

El juicio finalizó en noviembre, donde declararon a Javier Saavedra como autor del crimen
El juicio finalizó en noviembre, donde declararon a Javier Saavedra como autor del crimen

El organismo público calificó esa decisión como un recurso a “conceptos anacrónicos y desactualizados” al destacar que los jueces de Impugnación —quienes tenían “activa participación de Javier Saavedra en el hecho delictivo”recurrieron aun naif e innecesario tecnicismo anacrónico y desactualizado” para tomar la decisión y pretendieron justificarlo mediante el fallecimiento.

El MPF también cuestionó que los jueces hayan anulado un punto de la sentencia que ninguna de las partes había pedido revisar. Las defensas del resto de los Saavedra solo habían recurrido para cuestionar sus propias absoluciones, sin plantear ningún reparo sobre la condena al fallecido. “Lo más importante es que declararon la nulidad de la responsabilidad de Javier Nicolás Saavedra y no hicieron lugar a los pedidos de los fiscales y la querella”, sostuvo la defensa.

Entre los elementos de prueba que el MPF destacó para reforzar su postura, señaló que la propia perito de parte de la defensa confirmó que el ADN hallado en la escena del crimen pertenecía a Javier Nicolás Saavedra, en coincidencia con la perito genetista del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF).

Dada la repercusión del caso, el Procurador General de la Provincia, Pedro García Castiella, anunció que participará personalmente en el recurso junto al fiscal de la causa, Eduardo Sylvester.

La investigación para identificar al denominado “Hombre 2”, señalado como el segundo autor material del crimen, continúa en paralelo con distintas medidas probatorias orientadas a su eventual sometimiento a proceso, según aclaró el MPF. El organismo subrayó que esas tareas no son una consecuencia del fallo del Tribunal de Impugnación, sino que estaban en marcha con anterioridad a su dictado.

El crimen ocurrió en 2017
El crimen ocurrió en 2017

El femicidio de Jimena Salas ocurrió el 27 de enero de 2017 en el barrio San Nicolás de Vaqueros, Salta. La víctima, de 44 años, fue encontrada con decenas de puñaladas en su vivienda.

La causa atravesó distintas hipótesis y dos juicios hasta que el foco recayó sobre los hermanos Saavedra. Javier, cuyo ADN coincidió con una de las muestras genéticas halladas en la escena, fue señalado como autor material, pero apareció muerto en la alcaidía un día antes del segundo juicio, en lo que se determinó como suicidio.

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