
El empresario Marcelo Porcel, imputado por abusar sexualmente a 10 alumnos del colegio Palermo Chico, recibió una de cal y una de arena por parte de la Justicia. Por un lado, le informaron que ya no podrá apelar ni su procesamiento ni su embargo. Esto quiere decir que la causa está encaminada al juicio oral: “Para julio se podría sortear el tribunal”, aseguró una fuente del caso a Infobae. Por el otro, le permitieron que siga con su reclamo por la extracción de ADN para el Registro Nacional de Datos Genéticos, a cuya toma se resiste.
La resolución, a la que accedió este medio, fue emitida en las últimas horas por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que ratificó la última decisión judicial -en la que Porcel quedó procesado y embargado por $111.564.950- y descartó que existan motivos para una revisión excepcional, como pedía su defensor Roberto Rallín.
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El abogado del empresario había apelado el procesamiento al afirmar que se trataba de “una manifestación de arbitrariedad judicial” e intentó fundamentar el recurso en una “cuestión federal”, una categoría usada para denunciar garantías constitucionales.

Los jueces Ignacio Rodríguez Varela y Julio Marcelo Lucini, sin embargo, consideraron que estos argumentos no eran suficientes y señalaron que el intento de la defensa “sólo evidencia una disconformidad con cómo el tribunal valoró la prueba existente hasta ahora".
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Asimismo, explicaron que el procesamiento al empresario no es una sentencia definitiva, por lo que no se lo puede elevar a Casación. Más allá de la negativa, desde la defensa de Porcel adelantaron que igual lo intentarán.
El abogado de Porcel también había pedido que se reduzca o revoque el embargo millonario. El tribunal lo rechazó: alegó que las decisiones sobre medidas cautelares no pueden ser apeladas ante la Cámara de Casación porque no resuelven sobre la culpabilidad ni terminan el proceso.
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La única noticia que conformó mínimamente al empresario procesado fue que la Justicia le permitió continuar con su reclamo sobre la extracción de ADN para sumar al Registro Nacional de Datos Genéticos.
En la última audiencia, los jueces habían autorizado a que le tomen una muestra para incorporarla al banco donde está la información de las personas vinculadas a investigaciones criminales.
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La defensa, sin embargo, había cuestionado la medida al sostener que al momento de los hechos, la ley que estaba vigente decía que la extracción solo se podía hacer a quienes tuvieran condena firme. Así, alegó que la decisión vulneraba los derechos constitucionales como la presunción de inocencia y la intimidad.
En este aspecto, la Justicia lo autorizó a que el reclamo siga su curso por la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional, por lo que, al momento, no se le solicitará ninguna muestra biológica.
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En contraparte, los querellantes ven esto como un indicio más que lo incrimina: deslizan que, si no fuera culpable, “daría el ADN de manera inmediata”.
“Por algo se negó desde un primer momento. Cuando entra un nuevo ADN al Registro del Banco de Datos Genéticos, con identificación de su titular, puede llegar a descubrirse que es igual a un rastro genético rescatado de otro hecho anterior o contemporáneo respecto del cual todavía no existía identificación de pertenencia/titularidad”, explicaron a este medio.
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