“Desidia” y “negligencia grosera”: los duros fundamentos del jury que destituyó a los fiscales del caso Nora Dalmasso

En un fallo histórico de 222 páginas al que accedió Infobae, el Jurado de Enjuiciamiento que desplazó de su cargo a Javier Di Santo, Daniel Miralles y Luis Pizarro argumentó su decisión. Los detalles

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Javier Di Santo, Daniel Miralles y Luis Pizarro Jury Fiscales Caso Dalmasso
Javier Di Santo, Daniel Miralles y Luis Pizarro

“No puede seguir ocupando un magistrado la función pública que ostenta, cuando ha cometido una negligencia grosera en el cumplimiento de los deberes a su cargo provocando un daño grave a la ‘cosa pública’”.

Con esa contundencia, el Jurado de Enjuiciamiento que destituyó a los tres fiscales que investigaron el crimen de Nora Dalmasso justificó su decisión de remover de su cargo a Javier Di Santo, Daniel Miralles y Luis Pizarro. Los fundamentos del histórico fallo se dieron a conocer este miércoles, a dos semanas de que finalice el proceso desarrollado en la Legislatura de Córdoba.

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En el documento de 220 páginas al que accedió Infobae, las autoridades dieron por probado un patrón sostenido de “falta de diligencia y grave desatención de los funcionarios” en la causa por el homicidio ocurrido el 25 de noviembre de 2006 en Río Cuarto.

El fallo señala que durante los 14 años en los que el expediente estuvo a cargo de los fiscales acusados, la línea investigativa vinculada a los trabajadores que realizaban tareas en el domicilio de la víctima –y en particular a Roberto Bárzola, hoy único acusado por el hecho– fue “prematuramente relegada sin agotarse las medidas mínimas razonables, a pesar de la presencia de indicios objetivos que la justificaban”.

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jury por el caso de nora dalmasso
El Jurado de Enjuiciamiento que destituyó a los fiscales

En este sentido, remarcaron que actuaron de manera contraria a las exigencias que rigen para los casos de violencia de género y que se eligió “concentrar recursos investigativos sobre el entorno familiar de la víctima, construyendo sucesivamente hipótesis acusatorias de extrema arbitrariedad orientadas contra su hijo y posteriormente contra su esposo”.

El jurado enfatizó en que esta orientación se mantuvo inluso cuando ya existían, desde etapas tempranas de la instrucción, pruebas relevantes que justificaban profundizar la línea alternativa.

Entre ellas, las contradicciones en los testimonios de Bárzola y su empleador, la confirmación de su presencia en la casa de la víctima en un rango horario compatible con el momento de la muerte y la existencia de perfiles genéticos masculinos desconocidos en la escena del crimen que fueron consignados en numerosos informes periciales y técnicos, tanto locales como de cooperación internacional.

Las mil muertes de Nora Dalmasso
Nora Dalmasso

“La conducta que asumieron los tres fiscales enjuiciados durante el lapso en el que cada uno estuvo a cargo de la causa, revela un patrón homogéneo de desidia en la toma de medidas efectivas para el esclarecimiento del hecho... ninguno de ellos fue exhaustivo a la hora de analizar otras líneas de investigación o indagar acerca de otras hipótesis que pudieran haber conducido a otra solución”, sostiene el fallo.

Y continúa: “La negligencia de los fiscales radicó en haber desoído serios indicios que habilitaban la realización de medidas probatorias determinantes que –hoy se puede afirmar– hubieran conducido a establecer otra línea investigativa del homicidio”.

Javier Di Santo

En fallo señala que durante la etapa bajo su dirección, el fiscal Di Santo contaba desde los primeros momentos con evidencias que situaban a Bárzola en el lugar del hecho, así como con testimonios e informes periciales que contradecían su coartada y sugerían la presencia de perfiles genéticos masculinos no identificados.

Pese a ello, la investigación fue reorientada de manera preferente hacia Gastón Zárate, conocido como “El Perejil”, y después hacia el entorno familiar de la víctima: llegó a acusar formalmente a Facundo Macarrón “por construcciones probatorias endebles y una interpretación forzada de la prueba genética”, dice la resolución.

Tras el sobreseimiento de Zárate por prueba genética y el de Facundo Macarrón por imposibilidad material de su presencia, “Di Santo dejó la causa durante años en virtual parálisis, sin avanzar en la profundización de la línea Bárzola ni disponer nuevas medidas que la investigación sugería”.

“En ese tramo final, transcurrieron prácticamente 2 años y 8 meses sin que el instructor haya llevado a cabo ninguna medida de investigación, lo que resulta inadmisible en atención a que contaba con señales claras de que había otras líneas que merecían atención”, se lee en el documento final.

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El viudo Marcelo Macarrón y los hijos de Nora, Facundo y Valentina

Y añade: “Todo este marco procesal se desarrolló sin considerar lo establecido previamente por el FBI en informe incorporado con fecha 6/6/2011, en el que expresamente indicó que ‘todos los hombres que trabajaron en la construcción de la residencia de los Dalmasso deben ser investigados (...) dando cuenta en tal caso que: la investigación observó que uno de los trabajadores fue a la residencia alrededor de las 11:00 hs. de la mañana del sábado, 25/11/2006, sin que pudiera determinarse la razón de ello’”.

Daniel Miralles

Según acreditaron en el jury, cuando Miralles recibió la causa, ya estaban acumulados los resultados negativos para los sospechosos anteriores y permanecían intactas las alertas sobre la alternativa “Bárzola”. No obstante, no impulsó nuevas medidas en esa dirección por la supuesta suficiencia de la hipótesis íntima e imputó a Marcelo Macarrón, el viudo, “con una utilización sesgada de la prueba genética y articulando una trama de traslado en avión clandestino sin respaldo documentado”.

De acuerdo con el jurado, “se elaboró una conjetura artificiosa que cerró las puertas a otras hipótesis y no se permitió siquiera sospechar acerca de la posible intervención de un tercero, por caso Bárzola, a fin de profundizar adecuadamente la pesquisa”.

“Durante su gestión ninguna medida eficaz fue impulsada para retomar la hipótesis fundada en los elementos objetivos ya existentes: no se dispusieron citaciones, ni pericias, ni cotejos genéticos con los perfiles hallados en la escena del crimen. Por el contrario, se mantuvo en el mismo sesgo investigativo que había prevalecido durante años: la ‘línea familiar’”.

Luis Pizarro

El fiscal Pizarro asumió la conducción de la investigación cuando ya “era patente la fragilidad de la línea familiar”, según acreditó el jurado. Sin embargo, en vez de reorientarla, modificó la hipótesis e imputó a Marcelo Macarrón como autor intelectual de un crimen por encargo a instigadores no identificados.

Para el jurado, el fiscal “soslayó la posibilidad de disponer medidas orientadas a esclarecer los puntos mencionados en torno a Bárzola y así determinar la posible intervención del nombrado. Con esa obstinación investigativa y la consecuente inacción respecto a la referida hipótesis, se omitió efectuar un análisis crítico y serio del estado de la causa, pese al evidente y comprobado fracaso de las líneas que habían sido privilegiadas”.

“En síntesis: conforme las medidas procesales ejecutadas, el titular de la investigación, tenaz en su creencia, omitió indagar sobre la línea de investigación vinculada al (hoy) imputado Bárzola, a despecho de los extremos existentes en la causa en tal sentido, dejando relegado sin justificación alguna ese supuesto fáctico; postergando así el esclarecimiento del hecho y consolidando un patrón de desatención funcional que atravesó toda la pesquisa”, concluyeron las autoridades.

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