
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 dictó una sentencia de 17 años de prisión para Matías Farías, al considerarlo responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes en perjuicio de Lucía Pérez.
El fallo, emitido tras un proceso judicial extenso, resolvió además la unificación de esta condena con una previa que tenía por narcotráfico, lo que elevó el total de la pena a 23 años de prisión.
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El caso adquirió notoriedad desde octubre de 2016, cuando ocurrió la muerte de Lucía Pérez, de 16 años. La adolescente había contactado con Farías y Juan Pablo Offidani para comprar estupefacientes. En una vivienda de la calle Racedo, permaneció durante menos de cinco horas junto al acusado, periodo en el que, según la investigación, consumió drogas suministradas por él y mantuvieron relaciones sexuales antes de sufrir una descompensación que derivó en su fallecimiento.
La intervención de la Cámara de Casación resultó determinante en la definición de la pena. En febrero de 2023, un tribunal había dictado prisión perpetua para Farías, bajo la figura de femicidio. Sin embargo, el primero resolvió dejar sin efecto esa calificación, descartando el agravante y ordenando recalcular la condena por el delito de abuso sexual agravado por suministro de estupefacientes, excluyendo el femicidio como figura penal.
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Durante las audiencias recientes, el tribunal integrado por Federico Cecchi, Paula Soulé y Fabián Riquert escuchó los alegatos del fiscal Carlos Russo y de la defensora oficial María Laura Solari. Esta etapa del proceso no se centró en la reconstrucción del hecho, sino en la valoración de los elementos atenuantes y agravantes, con el objetivo de establecer una pena proporcional al delito de abuso sexual agravado.
De acuerdo a lo informado por el portal del diario La Capital de Mar del Plata, en este contexto, los magistrados también recibieron el testimonio de los padres de la víctima, quienes participaron activamente en la audiencia. Farías, en tanto, asistió a la instancia judicial mediante videoconferencia, en cumplimiento de las disposiciones de seguridad del tribunal.
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La decisión de unificar la condena por narcotráfico, previamente impuesta, con la nueva pena por abuso sexual agravado, determinó que el principal acusado deba cumplir 23 años de cárcel.

El proceso judicial viene de larga data. En 2018, un primer fallo condenó a Farías, Offidani y Alejandro Maciel únicamente por el delito de venta de estupefacientes, con penas de ocho años de prisión, absolviéndolos de los cargos de abuso sexual y femicidio. Esa sentencia fue ampliamente criticada por organizaciones de derechos humanos y sectores sociales.
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En 2023, tras la anulación de la sentencia inicial, un nuevo juicio volvió a poner en el centro del debate la calificación legal de los hechos. El tribunal dictó entonces prisión perpetua para Farías, bajo la figura de femicidio. No obstante, la Cámara de Casación dejó sin efecto ese agravante, lo que derivó en la revisión de la pena y la actual resolución.
Durante las audiencias, el fiscal Carlos Russo expuso los elementos probatorios que, a criterio de la acusación, fundamentaban la calificación del delito de abuso sexual agravado. Por su parte, la defensora oficial María Laura Solari presentó argumentos en favor de Farías, solicitando la ponderación de atenuantes en la evaluación de la condena.
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El abogado de la familia de la víctima, Juan Pablo Gallego, adelantó que recurrirán ante la Suprema Corte con el objetivo de revertir el fallo de la Cámara de Casación y reinstalar la calificación de femicidio. Gallego manifestó que la familia considera insuficiente la pena impuesta y buscará que se reconozca la existencia de violencia de género en el caso.
La investigación determinó que la adolescente se descompensó en la vivienda del acusado y posteriormente, él, junto a Offidani y Maciel, trasladaron a Pérez a un centro de salud de Playa Serena, donde se constató su fallecimiento.
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