
Esta semana, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los recursos de nulidad y revisión extraordinaria que habían presentado los rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa, con lo que el caso quedó prácticamente cerrado, a la espera de una resolución de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.
El fallo del Máximo Tribunal de la Nación apuntó contra los planteos de los abogados defensores de los asesinos que recibieron condenas por el asesinato ocurrido en Villa Gesell en enero de 2020.
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En diálogo con Infobae, Fernando Burlando, abogado de la familia de la víctima, expresó su conformidad con la decisión de la Corte Suprema y dijo que “este fallo es Justicia en su más puro estado”.
Asimismo, destacó que la resolución es un reconocimiento al trabajo de su equipo pero sobre todo fue un fallo por los padres de Fernando y por la víctima.
“Sin duda que feliz no es la palabra adecuada pero sí satisfecho o reconfortado al ver que nuestro trabajo alcanzó el objetivo de Justicia que nos habíamos propuesto y que era justo y necesario alcanzar. Esa satisfacción no es por nosotros, es por los padres de Fernando y por el mismo Fernando. Es por ver que no ha sido en vano el esfuerzo enorme que ha hecho el equipo y sobre todo con la sangre joven que nos nutre y nos llena de orgullo”, dijo el letrado a este medio.
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En ese sentido, Burlando también aprovechó para destacar el comportamiento del Poder Judicial en la causa, pese al sinfín de críticas que recibe cotidianamente por otros casos.
“Y es por este sistema judicial tantas veces criticado pero que debe enorgullecernos. Porque por cada funcionario que pueda tener algo cuestionable, hay muchísimos más que cumplen su labor con probidad y honestidad”, agregó el abogado, quien adelantó que con la decisión de la Corte, el caso quedó cerrado.

Los recursos de los rugbiers
Las presentaciones fueron realizadas por las defensas de Enzo Comelli, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Luciano, Ciro y Lucas Pertossi, todos asistidos por el abogado Hugo Tomei. Plantearon una serie de agravios que ya habían sido rechazados por el Tribunal de Casación provincial.
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Lo mismo hizo Lucas Pertossi, quien durante el trámite del incidente cambió de abogado y volvió a presentarse para sostener que había sido mal defendido por Tomei, por lo que pedía la nulidad del juicio. En ese marco, el propio Tomei también hizo llegar un escrito en la causa para contestar ese planteo y defender su actuación.
Sin embargo, los jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazaron el recurso de queja por falta de sentencia definitiva.
Pero eso no fue todo porque, además, otro recurso presentado por Máximo Thomsen, representado por el abogado Francisco Oneto, también fue desestimado, en su caso por no cumplir con los requisitos de la acordada 4/2007, según el fallo al que también accedió Infobae.
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Benicelli, Thomsen, Comelli y Luciano y Ciro Pertossi fueron condenados a prisión perpetua el 6 de febrero de 2023.
El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores los consideró responsables de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves”, ya que los amigos de Báez Sosa también recibieron golpes esa madrugada del 18 de enero de 2020 frente al boliche Le Brique de Villa Gesell.

Por su parte, Viollaz, Cinalli y Lucas Pertossi recibieron penas de 15 años de prisión como partícipes secundarios del mismo delito. El fallo determinó que participaron en el ataque, aunque la responsabilidad principal fue para el resto.
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El 22 de marzo de 2024, la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense revisó el fallo. Confirmó la prisión perpetua y descartó la existencia de alevosía. Esa resolución fue apelada y la definición final está en manos de la Suprema Corte de la Provincia.
En el caso de Lucas Pertossi, recientemente había sufrido otro revés judicial, cuando el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores rechazó un pedido de excarcelación presentado por su defensa, alegando que la prisión preventiva superó el “plazo razonable” previsto en la ley.
Aquel planteo, que se presentó el 6 de febrero y se amplió el 31 de marzo, remarcó que el joven lleva más de seis años bajo arresto sin que la condena esté firme. El pedido de excarcelación fue acompañado por los defensores particulares de los demás imputados en la causa.
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El fallo del TOC N°1, firmado por los jueces María Claudia Castro y Christian Ariel Rabaia, rechazó los argumentos de la defensa. Según consta en la resolución judicial a la que accedió Infobae, el tribunal consideró que la prisión preventiva mantiene su razonabilidad y necesidad.
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