Ernesto Prieto Gratacós —escritor según él mismo nacido en La Habana, Cuba, en 1967—, se convirtió en una figura extraña y compleja en redes sociales en los últimos años. En su canal de YouTube, o en su cuenta de Instagram donde acumula 339 mil seguidores, Prieto Gratacós hablaba sobre terapias revolucionarias del cáncer sin un título de médico. Dirigía su propia pseudoclínica, el Centro de Terapia Metabólica, ubicado en la calle Paraná, donde atendía a pacientes junto a sus colaboradores.
A fines de febrero último, el insólito influencer cubano de la salud fue procesado sin prisión preventiva por el juez Martín Yadarola junto a María Victoria Rodríguez Amador y Roberto Álvarez, médicos según ellos mismos y sus principal cómplices, con un embargo de $20 millones cada uno. El delito, investigado por la Fiscalía N°27: estafa, vender en el país de la crotoxina una cura del cáncer que jamás existió.
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Dos mujeres porteñas diagnosticadas con cáncer de páncreas y colon que fallecieron poco después del inicio del supuestamente falso tratamiento fueron sus víctimas. Sus familias querellaron a Prieto Gratacós tras sus muertes. La causa investigada por Yadarola no vinculó los fallecimientos al supuesto tratamiento dispensado por Prieto Gratacós: las evaluaciones del Cuerpo Médico Forense fueron inconclusivas dada la falta de evidencia.
Hoy, la historia cambia. La semana pasada, Prieto Gratacós recibió la revocación de su procesamiento, con una falta de mérito. La medida fue dictada por la Sala V de la Cámara Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Hernán López. La medida se extendió también a Roberto Álvarez y Victoria Amador. Lejos de desligar a Prieto Gratacós, los jueces pidieron que se profundice la investigación.
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“No se ha logrado determinar si el tratamiento que se brindaba en el Centro de Terapia Metabólica cuenta con algún tipo de aval científico ni qué tan involucrado estaba cada uno de los imputados en las funciones de captación de clientes y facilitación de información”, aseveraron.
“En concreto, se advierte que el informe pericial no ha sido concluyente en cuanto a la existencia o no de investigaciones científicas que respalden la eficacia de la terapia, pues los profesionales encargados del peritaje se limitaron a informar que, luego de una extensa búsqueda, no habían encontrado sustento científico”, siguieron los jueces.
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Además, pidieron “ordenar la ampliación del peritaje” con respecto a la validez de los métodos de Prieto Gratacós y sumar nuevos testigos:
“El Tribunal entiende también necesario oír en declaración a otros testigos (pacientes y/o familiares) para que se expresen en torno a lo que los profesionales o encargados del centro les aseguraban en relación con las terapias”, finalizaron.
Yadarola -que subroga el Juzgado N°2, que interviene en el caso-, acusó en su procesamiento a Prieto Gratacós y Amador de “haber efectuado falsas promesas de recuperación o de garantizar una mayor expectativa de vida”.
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