
El Juzgado Federal de Garantías de Rafaela condenó a cuatro años de prisión a dos ciudadanos bolivianos tras comprobar que ambos trasladaban más de un kilo de cocaína cada uno, bajo la modalidad de ingesta de cápsulas, en un operativo realizado por Gendarmería Nacional en la localidad santafesina de Ceres.
De acuerdo con información publicada por el Ministerio Público Fiscal (MPF) a través de su sitio fiscales.gob.ar, los hechos ocurrieron el 2 de diciembre último, cuando los imputados viajaban por la Ruta Nacional 34 en un micro de larga distancia procedente del norte del país. El vehículo había partido desde la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta, con destino final a un tour de compras en la ciudad de Buenos Aires.
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Durante la inspección exterior de la unidad, no se produjo ninguna alerta, pero cuando el can detector “Sasha” subió al ómnibus, se produjo una marcación positiva; primero del bolso perteneciente a uno de los pasajeros y, luego, sobre una de las manos de otro, lo que motivó una inspección más profunda.
Según reportó el MPF, ambos acusados manifestaron malestar físico y admitieron que habían ingerido cápsulas con estupefacientes. En consecuencia, fueron trasladados al Hospital de Ceres, donde estudios radiográficos confirmaron la presencia de cuerpos extraños compatibles con cápsulas.
Finalmente, expulsaron un total de 185 envoltorios con cocaína: 93 de Sirilo Quispe Carmona (27 años) y 92 de Abel Rocha Risco (28 años), con un peso total de 2.451,3 gramos y una pureza promedio del 85,17%.
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La causa avanzó y las defensas y la fiscalía -intervino en el caso la Unidad Fiscal Descentralizada Rafaela, encabezada por el fiscal federal Jorge Gustavo Onel y el fiscal coadyuvante Federico Grimm- alcanzaron un acuerdo para la calificación del delito de transporte de estupefacientes, contemplado en la Ley 23.737.
Dicho acuerdo fue homologado el viernes pasado en una audiencia ante el juez federal de Garantías, Aurelio Cuello Murúa. Allí, ambos imputados aceptaron los hechos atribuidos y la pena acordada, que incluyó el pago de una multa y las costas procesales, así como la destrucción del material incautado.
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El MPF precisó que, además, la defensa solicitó la expulsión inmediata de los condenados a Bolivia por razones humanitarias y de vulnerabilidad, apoyándose en una resolución de hace unos días de la Dirección Nacional de Migraciones, que declaró irregular la permanencia de ambos en el país.
No obstante, el fiscal Onel y su coadyuvante Grimm se opusieron al pedido, argumentando que la expulsión anticipada no correspondía hasta el cumplimiento de los plazos previstos por la legislación vigente.
La fiscalía sostuvo que acceder a una expulsión inmediata tras pocos meses de detención “implicaría un mensaje negativo”, desvirtuando la finalidad de la pena en la represión de delitos graves como el narcotráfico.
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El magistrado finalmente rechazó el planteo de las defensas y resolvió que la cuestión debe ser analizada en la etapa de ejecución de la condena. De esta manera, por lo pronto, el cumplimiento efectivo de la pena será en territorio argentino.
En el caso del condenado Rocha Risco, el tribunal lo declaró reincidente debido a una condena previa dictada en Brasil en abril del año pasado, también por transporte de drogas mediante ingesta.
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