
El Juzgado Federal de Campana ordenó a Facebook Argentina SRL que se abstenga de suspender automáticamente la cuenta de Instagram de Cinthia Fernández y dispuso que toda denuncia sobre la misma reciba revisión humana antes de aplicar una sanción, indicaron fuentes del caso a Infobae.
La medida responde a una presentación realizada por la panelista, quien promovió, contra la filial argentina de la red social, una acción autosatisfactiva. Es decir, un proceso urgente y excepcional que busca una solución rápida y definitiva a una situación que no admite demora, generalmente sin un juicio previo. Se agota con una resolución favorable, como en este caso adoptó el juez Adrián González Charvay.
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Fernández argumentó que su cuenta, verificada y con más de seis millones trescientos mil seguidores, representa un activo comercial a través del cual sostiene a sus tres hijas menores y obtiene ingresos por contratos publicitarios y la venta de productos, con estimaciones de ganancia de entre USD 2.000 y USD 3.000 mensuales.
De acuerdo con la demanda, la cuenta experimentó durante 2024 seis suspensiones por acusaciones automatizadas de “abuso infantil”, lo que habría producido pérdidas estimadas en USD 3.500 a USD 5.000. Fernández atribuyó los bloqueos a denuncias coordinadas mediante bots, sostuvo que no existió revisión humana previa en las sanciones y afirmó que no se fundamentó la acusación con pruebas específicas ni se le brindó derecho de defensa antes de la suspensión, detalló la fuente a este medio.
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En su descargo, Facebook Argentina SRL planteó que carece de capacidad legal para administrar, controlar u operar el servicio de Instagram, cuya gestión corresponde a Meta Platforms, Inc. La empresa sostuvo que no existen elementos que acrediten su intervención en las suspensiones, subrayó que es una entidad jurídica distinta de Meta y pidió que se rechace la medida solicitada.
Sin embargo, el magistrado analizó la documentación presentada, que incluía registros de las suspensiones —con motivos asentados por la plataforma, impresiones de pantalla de publicaciones objetadas (“desnudos o actividad sexual”) y comunicaciones sobre incumplimiento de contratos por bloqueos temporales— y concluyó que se encuentra probado el vínculo comercial y el carácter alimentario de los ingresos obtenidos por la actora a través de Instagram.
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La sentencia señaló que, si bien la titularidad formal y administración mundial de la red social pertenece a sociedades del grupo Meta, la filial argentina “se muestra como sede comercial local y genera una apariencia de unidad frente a los usuarios del país”, en virtud de jurisprudencia previa. Por ello, el juzgado rechazó el argumento de falta de legitimación pasiva esgrimido por la parte demandada.
El fallo dispuso que cualquier futura suspensión de la cuenta oficial de Cinthia Fernández solo podrá aplicarse si existe una revisión humana previa, donde también se brinde la posibilidad de defensa a la titular.
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Meta, TikTok y Snap van a juicio por primera vez

Meta, TikTok y Snap enfrentan por primera vez un juicio en Estados Unidos, acusadas de diseñar productos que generan adicción en menores. El caso lo inicia KGM, una joven californiana que comenzó a usar redes sociales a los ocho años y desarrolló dependencia a plataformas como Instagram, TikTok y Snapchat, derivando en problemas de salud mental. Los abogados argumentan que el diseño de estas redes, con elementos como el “scroll” infinito y algoritmos de recomendación, busca maximizar el tiempo de uso y fomenta conductas compulsivas en adolescentes.
La demanda sostiene que estas prácticas no son accidentales, sino el resultado de estrategias empresariales para aumentar la interacción y el tiempo de permanencia de los menores en las plataformas. Los abogados de KGM comparan el impacto de las redes con el de los cigarrillos y el alcohol, considerando las plataformas como “productos defectuosos” por su potencial adictivo y los daños a la salud mental juvenil.
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Entre las tácticas señaladas se encuentran la reproducción automática de videos y los filtros de belleza, que contribuyen a la dismorfia corporal y la comparación dañina entre adolescentes.
Las empresas tecnológicas rechazan las acusaciones, argumentando que no existe prueba científica concluyente sobre la adicción y que factores externos también influyen en la salud mental de los jóvenes.
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Mientras tanto, la ofensiva legal se extiende a miles de demandas en todo el país y coincide con mayores regulaciones internacionales, como restricciones de edad para el uso de redes sociales en Francia y Australia.
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