Condenaron a prisión perpetua al joven que asesinó a puñaladas a una jubilada e incendió su casa en Concordia

Pedro Medina fue hallado culpable del crimen de Norma Alegre ocurrido en mayo de 2024

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El condenado y la casa de la víctima que incendió en Concordia (Ahora)
El condenado y la casa de la víctima que incendió en Concordia (Ahora)

La Justicia de Concordia dictó prisión perpetua para Pedro David Medina, declarado culpable por el asesinato de Norma Alegre, ocurrido el año pasado en Entre Ríos.

El fallo fue dictado por el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, Germán Dri, quien además ordenó la aplicación de otras medidas sobre el hombre.

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La condena llegó luego de que un jurado popular declarara culpable a Medina, al encontrarlo responsable por los delitos de “homicidio criminis causa” y “robo por escalamiento”, desestimando la alternativa de una condena menor impulsada por la defensa.

El crimen ocurrió en la mañana del 8 de mayo de 2024 dentro de una vivienda situada en la esquina de Misiones y Liniers, en el barrio Nebel.

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Según las actuaciones judiciales, el acusado ingresó al domicilio tras escalar un obstáculo físico, con la intención de robar dentro de la vivienda.

En el interior se encontraba Alegre, de 65 años, quien fue apuñalada al menos ocho veces, según los informes forenses incorporados al expediente.

El ataque, descrito como visceral por los investigadores, fue seguido del intento deliberado de incendiar la casa para eliminar rastros de lo ocurrido, lo que puso en peligro la vida del padre de la víctima, un hombre de 97 años.

Según informó el portal local Ahora, la rápida intervención de los bomberos permitió rescatar con vida al anciano, quien resultó con lesiones graves, pero sobrevivió.

El homicidio ocurrió en mayo de 2024
El homicidio ocurrió en mayo de 2024

La existencia de testigos y pruebas materiales fueron clave para las tareas investigativas de la fiscal Julia Rivoira y del abogado querellante Carlos Conti, quienes sostuvieron la acusación ante el tribunal.

Tanto la fiscal Rivoira como la representación de la querella insistieron durante la audiencia de cesura en la gravedad de los hechos y en la plena responsabilidad penal del imputado. Ambos exigieron la pena máxima prevista por el Código Penal, argumentando la existencia de los agravantes.

La defensa del acusado estuvo a cargo del letrado Carlos Medina, quien planteó durante la etapa de cesura la alternativa de imponer una condena de 25 años de prisión. Argumentó que existían circunstancias que debían ser atendidas como atenuantes. No obstante, el tribunal avaló las posiciones de la Fiscalía y de la querella, fundando el fallo en la gravedad y modalidad del crimen.

Finalmente, el juez Germán Dri dispuso que Pedro David Medina continúe detenido en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná, donde estaba alojado preventivamente desde su detención.

Ratificaron la condena para el femicida de la maestra asesinada en Santa Cruz en 2020

El rechazo definitivo del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz al recurso de casación presentado por la defensa de Pablo Alejandro Núñez selló la condena a prisión perpetua para el hombre, que fue declarado culpable por el femicidio doblemente agravado de Jesica Minaglia. El crimen ocurrió en la localidad de Piedra Buena entre el 14 y el 15 de abril de 2020, plena cuarentena por COVID.

De esta manera, el máximo órgano judicial provincial consideró que la sentencia dictada por la Cámara Criminal de la Primera Circunscripción Judicial no incurrió en arbitrariedad ni en errores de valoración. Así, los magistrados subrayaron que las pruebas fueron examinadas de manera integral, lógica y razonada, en concordancia con los principios de la sana crítica racional.

Esta evaluación incluyó un control exhaustivo de la sentencia condenatoria, en línea con el precedente “Casal” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que exige a los tribunales superiores un análisis integral, y con el caso “Herrera Ulloa vs. Costa Rica” de la Corte Interamericana, que establece la necesidad de revisiones sustanciales y no meramente formales.

Según la información publicada por La Opinión Austral, la defensa, a cargo de Mauricio Mariani y Santiago Pinto, había solicitado la nulidad de las declaraciones de los padres y el hermano del acusado, tras alegar una supuesta violación del artículo 226 del Código Procesal Penal.

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