
A 15 años del femicidio de Wanda Taddei, el juez de Ejecución Penal N°3, Axel López, habilitó la incorporación del femicida Eduardo Vázquez en el Período de Prueba para salidas transitorias, luego de rechazarlo en 2021, 2023 y 2024. El régimen contempla la posibilidad de salir de la cárcel por lapsos de entre 12 y 72 horas.
Aunque el fallo será apelado por el abogado de la familia de la víctima y tanto la fiscalía como el consejo correccional se opusieron, el ex baterista de Callejeros, condenado a prisión perpetua y alojado en la cárcel de Devoto, podría acceder al beneficio sin llegar a cumplir la mitad de la pena.
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“No nos esperábamos esto. De todas maneras, no está firme”, señaló Jorge Taddei, padre de la víctima a Infobae. Y remarcó: “El Servicio Penitenciario dice que hubo una mejora, que participa de los programas, pero que todavía no está en condiciones de salir”.
Sin embargo, López consideró arbitraria la negativa del consejo correccional y de la fiscalía debido a que no realizaron una valoración integral de la evolución del interno. De esta manera, se inclinó por los argumentos presentados por la defensa.
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En ese sentido, la abogada del músico, Solange Carballes, indicó que “las conclusiones arribadas por el Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal resaltan que, a comparación con el encuentro realizado el año pasado, Vásquez mostró significativos avances”.
Los peritos citados establecieron que “al momento de la evaluación, no se objetivaron indicadores de riesgo de daño para sí y/o para terceros desde el punto de vista de la salud mental.
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La defensora aportó el informe realizado por la psicóloga particular de Vázquez, Irene Corach, quien determinó que “no se detectan obstáculos psíquicos que impidan la inclusión del evaluado en el régimen de Período de Prueba”.

Carballes puntualizó que “fue tratado conforme diversos dispositivos específicos vinculados con la índole del delito por el que resultó condenado”.
En esa línea, enumeró que se incorporó, en 2018, en el “Programa Específico de Tratamiento para Agresores de Violencia de Género en Contexto de Encierro”. Al año siguiente, participó del “Programa de Tratamiento para Internos Involucrados en Causas de Homicidio” y en 2024, asistió al “Programa de Tratamiento para el Abordaje de Violencias Sexuales y de Género”.
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También mencionó que fue parte del Dispositivo grupal denominado ‘Por buenas masculinidades’ dictado en la prisión.
Carballes destacó que “las temáticas relacionadas con los hechos disruptivos relacionados con su detención fueron abordadas también en el espacio individual (terapia), en sus diferentes aristas”.
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Se refiere a la noche en la que, en medio de una fuerte discusión, Vázquez roció con alcohol a la mujer de 29 años y la prendió fuego con un encendedor.
El informe psicológico estableció que “el interno pudo lograr un intercambio reflexivo y predisposición a trabajar los distintos aspectos significativos, tanto en relación con los hechos de la causa, cuestiones traumáticas pasadas y posicionamiento ante ellas”.
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Corach consideró que el baterista reconoce su responsabilidad. “Transitó distintas fases de elaboración, desde narrativas defensivas iniciales (‘accidente’, ‘sin intención’), hacia un discurso más reflexivo que incorpora su presencia, acción y responsabilidad. Se identifican momentos de mayor implicación (como la escritura de una carta al padre de la víctima) que representaron puntos de inflexión en su proceso subjetivo”.
Vázquez “respondió con colaboración y sinceridad, sin intentos evidentes de disimulación o exageración”, señaló.
Oposición al beneficio
En tanto, los fiscales Guillermina Padín y Diego Yomha rechazaron la solicitud de la incorporación al régimen debido a que “a la luz de la evolución de Vásquez en el régimen progresivo, de la gravedad del delito cometido y de la pena impuesta, no quedan dudas que continúa sin cumplir acabadamente con los objetivos propuestos en su programa de Tratamiento, lo cual impide la promoción a la siguiente etapa, conforme lo ya resuelto por el juzgado en tres oportunidades”.
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Sucede que los integrantes del Consejo Correccional del penal de Devoto, “se expidieron por unanimidad de modo negativo” frente al pedido.
Desde el mes de diciembre de 2013, Vázquez transita la Fase de Confianza del Período de Tratamiento, en tanto que, según la última valoración trimestral, le fueron asignadas las calificaciones de conducta ejemplar (10) y concepto muy bueno (7).
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Sin embargo, un informe del organismo técnico criminológico del SPF señala que “si bien el mismo ha mostrado colaboración, se ha notado su predisposición al diálogo y a las intervenciones, no se detecta un cambio significativo”.
Al respecto, se concluyó que “para dar por finalizado el Periodo de Tratamiento y ser incorporado a uno de ‘autogobierno’, es necesario no solo el cumplimiento de los requisitos formales, sino también que haya incorporado las herramientas que posibiliten consolidar factores positivos y a modificar y morigerar disminuyendo los aspectos más disvaliosos, conforme la evolución de dicho tratamiento, lo que permitirá su adaptación y regulación dentro de un régimen con menor nivel de supervisión de tipo abierto (autodisciplina)”.
El caso
La madrugada del 10 de febrero de 2010, en la casa en la que Taddei y Vázquez convivían en Mataderos, Vázquez prendió fuego a su pareja delante de sus dos hijos menores de edad.
Wanda murió después de agonizar durante 11 días con casi el 60 por ciento del cuerpo quemado.

En junio de 2012, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº20 de Capital Federal condenó a Vázquez a 18 años de prisión por homicidio calificado por el vínculo, atenuado por emoción violenta. La pena se unificó con otras por la masacre de Cromañón y por tenencia de plantas de marihuana.
La familia de la víctima apeló el fallo y, en 2013, la Cámara de Casación descartó la emoción violenta y agravó la pena a prisión perpetua en 2013.
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