
La Cámara de Apelación y Garantías Departamental de San Isidro resolvió imponer una caución real de $40.000.000 a Nicolás Payarola como condición para mantener su eximición de prisión, en el marco de una causa en la que lo investiga por múltiples delitos de estafa y defraudación.
La decisión judicial, a la que accedió Infobae, revocó la eximición bajo caución juratoria que había sido concedida previamente y dispuso que el imputado solo podrá conservar su libertad si deposita la suma fijada y cumple con la prohibición de salir del país.
La investigación involucra a Payarola en al menos siete hechos de estafa ocurridos entre 2022 y 2025 en oficinas del complejo Nordelta, partido de Tigre, provincia de Buenos Aires. También de otros delitos como defraudación por retención indebida, abuso de firma en blanco y administración fraudulenta reiterada. Por ejemplo, se lo acusa de quedarse indebidamente de más de 11 millones de pesos de un cliente en 2022, en donde “no atendió los intereses patrimoniales de la víctima”, afirmó el fiscal Cosme Iribarren en su acusación.
El modus operandi, según la resolución, consistía en que el imputado recibía fondos o bienes de sus víctimas con la promesa de destinarlos a operaciones judiciales o comerciales, pero en lugar de cumplir con esos fines, los habría utilizado en beneficio propio.
La resolución judicial emitida este viernes subraya la gravedad y reiteración de las conductas atribuidas. En este contexto, señala que Payarola también enfrenta otros dos procesos penales: uno de ellos es contra Gonzalo Montiel, tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°39 por defraudación por administración infiel, donde ya fue procesado y se le trabó un embargo por $810.000.000.
El otro es en el Juzgado de Garantías 3 departamental por estafa, defraudación y lavado de activos. La Cámara advierte que la eventual unificación de estos procesos podría derivar en una condena de efectivo cumplimiento, descartando la posibilidad de una pena en suspenso.
El monto de dinero presuntamente apropiado por el imputado es otro de los factores que pesaron en la decisión. El fiscal de la causa estimó que la suma asciende a $63.672.107 y USD64.200, lo que, según la Cámara, representa un riesgo de fuga dada la capacidad económica que ello implica. Además, el perjuicio económico ocasionado a la víctima se calcula en $13.221.872,70, 27.500 euros y USD608.000, cifras que surgen de la documentación agregada al expediente y que incluyen embargos y una quiebra.
La caución real es una medida cautelar que implica la afectación de bienes del imputado hasta cubrir un monto determinado, con el objetivo de garantizar su sujeción al proceso. Citando jurisprudencia local y extranjera, la resolución sostiene que la posibilidad de perder una suma significativa de dinero actúa como un elemento disuasivo para evitar la fuga. En este sentido, el fallo remarca: “La posibilidad de sufrir un perjuicio patrimonial en caso de incumplimiento tiene la potencialidad de disuadir al imputado de hacerlo, logrando así que se mantenga a derecho”.
El análisis para fijar el monto de la caución tuvo en cuenta la condición socioeconómica del imputado, su personalidad moral, antecedentes, el modo de comisión de los ilícitos, la cantidad y gravedad de los hechos, así como la existencia de procesos paralelos.
La Justicia dispuso que la caución real de $40.000.000 deberá ser depositada en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden del juzgado, junto con la prohibición de salida del país y las demás obligaciones previstas en el Código Procesal Penal. Además, advirtió que la eximición de prisión será revocada si el imputado no cumple con la formalización del acta y el pago de la caución en el plazo de cinco días.
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