
Hoy por la mañana, el juez federal Ernesto Kreplak, con asiento en La Plata, recibió una denuncia de la ANMAT por las nueve muertes de pacientes que habrían recibido una aplicación del poderoso analgésico fentanilo, producido por un laboratorio local y contaminado con la bacteria de la neumonía, según confirmaron fuentes del caso a Infobae.
La denuncia, presentada por un apoderado de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, fue remitida al juez Kreplak ya que los casos, de acuerdo a las mismas fuentes, ocurrieron en el Hospital Italiano de La Plata.
En su texto, la ANMAT pidió que se investiguen los hechos. De acuerdo a la presentación, el Hospital “durante el mes de abril del corriente año, dieciocho pacientes presentaron casos de contaminación microbiana por el suministro del producto FENTANILO HLB, no pudiéndose confirmar con veracidad y certeza el motivo del fallecimiento de nueve pacientes de aquellos intoxicados”.
“A raíz de ello, el ANMAT, a través del Instituto Nacional del Medicamentos, procedió a realizar, como es habitual, una investigación en el régimen administrativo”, continuó.

Así, se determinó que el lote 31202 del poderoso anestésico, producido por el laboratorio HLB Pharma Group “podría estar contaminado”. Por ende, el ANMAT realizó, siempre según su denuncia, una fiscalización de los laboratorios de HLB en San Isidro, productor titular de la sustancia investigada, así como en el Laboratorio Ramallo, ubicado en la localidad bonaerense del mismo nombre, para incautar “todo material vinculado al lote en cuestión”.
ANMAT le entregó diversa documentación al magistrado federal, con copias del expediente interno iniciado en el INAME tras la alerta del Hospital Italiano platense.
Ahora, Kreplak deberá determinar si es competente para recibir la denuncia, cuyo estudio comenzó poco después del mediodía de hoy. Luego, deberá enmarcar el caso en el delito correspondiente en el Código Penal, con todas las pericias correspondientes, que podrían incluir autopsias a los cuerpos de las víctimas, así como análisis bacteriológicos y anatomopatológicos, para descartar la existencia de un virus intrahospitalario.
Un posible delito para este caso, afirman fuentes ligadas al caso, podría ser el previsto en el artículo 204 del Código Penal, que reprime a quien “estando autorizado para la venta de sustancias medicinales, las suministrare en especie, calidad o cantidad no correspondiente a la receta médica, o diversa de la declarada o convenida, o excediendo las reglamentaciones para el reemplazo de sustancias medicinales, o sin la presentación y archivo de la receta de aquellos productos que, según las reglamentaciones vigentes, no pueden ser comercializados sin ese requisito".
La pena, si se aplica el artículo 204 en un posible juicio, seis meses a tres años de cárcel, un delito excarcelable.
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