
En las últimas horas, la Policía uruguaya arrestó a Natanael “Nathan” Castro, youtuber y compañero de Yao Cabrera en varios de sus videos. El arresto ocurrió en la zona de Las Cañas, departamento de Río Negro, a pedido de la UFI N°4 de Escobar, cuyo titular es el fiscal Christian Fabio. El delito: abuso sexual con acceso carnal. La víctima: la misma joven que denunció a Yao Cabrera por reducción a la servidumbre, una denuncia ocurrida en 2020 por la cual la estrella de internet fue condenado a cuatro años de cárcel. Hoy, Cabrera se encuentra preso en el penal de Bouwer, tras ser arrestado en Córdoba por la PFA.
La causa por abuso sexual contra Castro comenzó como un desprendimiento de la condena a Cabrera, dictada en abril de 2024 por el Tribunal Oral Federal N°3 de San Martín. En el expediente, la joven, una editora de video que llegó a fines de 2019 a la casa que Yao ocupaba en el country San Martín de Escobar para procesar el contenido que Cabrera generaba, aseguró haber sido atacada por Castro, lo que llevó a la extracción de testimonios que formó el expediente en su contra.
La víctima, según la causa, se encontraba en una situación de sometimiento total. En la casa de Escobar, llamada la “Mansión Wi Fi”, la joven, oriunda de Villa Fiorito, de 20 años, atravesó jornadas laborales de un día completo, sin descanso. Se le escamoteaba la comida: poca, o directamente podrida, en mal estado. Solo podía dejar la casa para ver a su familia los domingos. Al fin y al cabo, Cabrera nunca le pagó.
“Ese ambiente coercitivo había allanado el camino para que la víctima sufriera de un abuso sexual el 1° de enero de 2020. Aseguró que luego de haber concurrido a una fiesta de fin de año, Natanael “Nathan” Castro ingresó al baño mientras la víctima estaba adentro, le dijo que él era la mano derecha de Yao Cabrera para intimidarla y abusó sexualmente de ella”, asegura el documento de los fundamentos del fallo que condenó al youtuber.

Los fundamentos del fallo que lo condenó fueron publicados el 10 de mayo de 2024. Infobae accedió al documento en forma completa. El texto asegura que Yao mismo se aprovechó de la situación de vulnerabilidad de la víctima. “Para lograr su finalidad se valió de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima. Ella en el mes de noviembre de 2019 atravesaba una difícil situación personal, habitacional y laboral”, asegura el fallo, con problemas personales y familiares que la llevaron a abandonar su casa.
Cabrera atravesó una pericia psicológica, realizada por el Cuerpo Médico Forense, que determinó que no presentaba alteraciones. Su relato, sin embargo, no pudo ser considerado creíble. La víctima también fue entrevistada por psicólogas del Cuerpo Médico Forense. Según las conclusiones, en un estudio donde no se detectaron trastornos psicóticos, demostró en su relato momentos de “marcada emergencia de ansiedad y angustia”.

“El material presenta características coincidentes con marcada vulnerabilidad tramitada a través de la disociación, inestabilidad emocional crónica, operar adecuadamente en relación a los límites, sumado a la tendencia al ensimismamiento frente a la frustración y el daño”, sigue el análisis. Y detalla: “En cuanto a la representación de lo humano, denota vivencias de vulnerabilidad e incremento de los montos de ansiedad de tipo depresivo así como vivencias de daño sentido a nivel corporal asociado a culpabilidad y angustia”.
Las psicólogas de la Corte Suprema de Justicia, finalmente, aseguraron que la víctima no mentía: “No presenta exacerbación patológica de la imaginación”, una fabulación de lo que vivió con Cabrera. “Se puede inferir que ha cursado situaciones de violencia en las cuales ha estado inmersa y basadas en su marcada vulnerabilidad, ha dejado una impronta traumática traducida a nivel de configuraciones de corte patológico y con fenómenos de estrés postraumático”, finalizaron.
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