
Un hombre de 49 años fue sentenciado este jueves a una pena de 21 años de prisión por haber sido encontrado culpable de abusar sexualmente de dos hijastras menores de edad entre los años 2006 y 2013 en la ciudad de Mar del Plata.
El fallo fue emitido por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1, donde se determinó que Walter Jorge Ledesma permanecerá recluido en el complejo penitenciario de Batán, lugar al que se le trasladó tras su captura en 2022, casi una década después de los hechos investigados.
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La decisión de la Corte estuvo a cargo de los jueces Juan Galarreta, Mariana Irianni y Ricardo Perdichizzi, quienes consideraron a Ledesma como penalmente responsable de los delitos de abuso sexual por acceso carnal, agravado por la convivencia preexistente con las víctimas, en un contexto de corrupción de menores; además de abuso sexual agravado por ser perpetrado contra una menor de 18 años, aprovechando dicha convivencia preexistente.
Según informó el portal 0223, durante el proceso, el fiscal Leandro Arévalo, encargado de retomar y fortalecer la causa que en su momento había sido remitida a la Comisaría de la Mujer, solicitó una pena de 23 años de prisión, basándose en nuevas pruebas que permitieron avanzar hacia el juicio mientras que en contraste, Gabriela Peña, la defensa oficial, argumentó por la absolución del acusado.
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La denuncia inicial que impulsó el caso hacia el juicio fue presentada en 2012, gracias a la intervención de la Unidad Funcional de Instrucción N°7, tras la insistencia de la madre de las víctimas concerniente a la inactividad del caso.
Este hecho puso en evidencia falencias en el sistema judicial y en los mecanismos de protección a víctimas de abuso, lo que se reflejó en la demora de las actuaciones preliminares y en la recuperación de pruebas clave para el avance del caso.
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Es de destacar que el juicio puso de manifiesto importantes demoras en el proceso de investigación, incluida la falta de anexión de resultados de pruebas fundamentales al expediente y la pérdida de expedientes en instancias policiales.
En la sentencia dictada ayer en los tribunales de la ciudad balnearia, se señaló la necesidad de hacer saber a las autoridades que intervinieron en la causa “que se profundicen las capacitaciones a fin de evitar en lo sucesivo semejantes incumplimientos de los deberes de funcionario públicos y se arbitren las estrategias previstas en la ley para estos casos”.
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Y según señaló el portal marplatense, en otro tramo de la misma sobre las demoras injustificadas para este tipo de delitos remarcó que “quince años después del momento en que fue internada con signos de abuso en un hospital público, ocho años después del momento en que se logra denunciar en sede policial este abuso, seis años después que la víctima relata en Cámara Gesell lo que padecía a la autoridad judicial, cinco años después que la Fiscalía envía el expediente para su investigación a sede policial y es extraviado, empieza finalmente el trámite judicial que culmina con una audiencia de debate oral en donde hemos discutido hechos culminados once años antes”.
Y finalmente, el juez Perdichizzi en su voto enfatizó: “Pero no puedo evitar notar que mientras esta colección de - ¿negligencias? - se desarrollaba, una niña golpeada, sometida a trabajos de adulto y a la que no se le permitía jugar, restringida en su posibilidad de contactarse con el medio exterior para evitar que pida ayuda, abusada continuamente por quienes debían en realidad cuidarla, en cada oportunidad en que lograba vencer estos controles y contar a la autoridad aquello que le ocurría, recibió una única respuesta: indiferencia”.
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Fue por eso que en base a los testimonios recolectados, especialmente aquellos obtenidos mediante cámara Gesell, los jueces no tuvieron dudas sobre la responsabilidad de Ledesma en los crímenes investigados, señalando la contundencia de las declaraciones que evidenciaron los abusos desde que una de las víctimas tenía siete años.
No se consideraron circunstancias que eximieran a Ledesma de su responsabilidad penal, y los únicos atenuantes reconocidos fueron su falta de antecedentes.
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En cuanto a los agravantes, el Tribunal destacó la gravedad y duración de los abusos, así como el uso de violencia psíquica y física contra las víctimas y esta sentencia representa no solo una respuesta judicial a los delitos cometidos, sino también una crítica a las deficiencias del sistema en la protección y atención de víctimas de abuso.
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