
La justicia le concedió la libertad asistida a Pablo García Aliverti, quien fue condenado por atropellar y matar al vigilador Reinaldo Rodas en 2013. Pero, por ahora, seguirá preso.
En la madrugada del 17 de febrero del 2013, Reinaldo Rodas, un vigilador de country, viajaba al costado de la autopista Panamericana a bordo de una desvencijada bicicleta. El hombre de 53 años se disponía a ir a trabajar. Exactamente, a las 6.08 de aquella mañana de verano, un auto que circulaba a una importante velocidad lo embistió de atrás en el kilómetro 52 del ramal Pilar y Reinaldo murió casi al instante.
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Con el cadáver incrustado en el parabrisas del Peugeot 504, García Aliverti, hijo del periodista y locutor Eduardo García Aliverti, no se detuvo. Todo lo contrario. Manejó 17 kilómetros con el cuerpo de Rodas atravesando el parabrisas hasta que frenó en una cabina de peajes de Pablo Nogués, donde finalmente la peripecia mortal culminó.
Aliverti fue acusado solo de homicidio culposo, a pesar de que se detectó que manejaba con 1.45 gramos de alcohol por litro de sangre. En el 2017, el Tribunal Oral en lo Criminal N°6 de San Isidro lo condenó a 4 años de prisión por la muerte de Rodas. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones redujo esa condena a 3 años y medio. Pablo García Aliverti fue detenido recién en abril del 2022, más de 9 años después del hecho, cuando la sentencia quedó firme.
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Desde el momento de la detención hasta hoy, pasaron tan solo 1 año y 6 meses. Sin embargo, en los últimos días la justicia le otorgó al locutor la libertad asistida en base a su buen comportamiento en la cárcel. Sin embargo, como la fiscalía general de San Isidro apeló, por ahora el hijo de Aliverti seguirá en prisión. Todo lo definirá la Cámara de Casación bonaerense en los próximos días.
Antes de entender por qué la Cámara le otorgó el beneficio, en un fallo dividido, en necesario repasar algunos aspectos que quedaron corroborados en el expediente y, sobre todo, en la sentencia.
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En base a cámaras de seguridad, se determinó que el hecho fue a las 6.08 y que Aliverti, con el cuerpo de Rodas incrustado en su parabrisas, llegó al peaje a las 6.23, es decir, que tardó 15 minutos en recorrer los 17 kilómetros. “No podía hacer otra cosa porque el cuerpo del hombre me impedía tocar la palanca de cambios”, fue lo que dijo para excusarse de su accionar.
Uno de los puntos que la defensa de Aliverti cuestionó desde el principio fue el test de alcoholemia. El acusado siempre negó haber injerido la cantidad de alcohol necesaria para que el examen arrojase aquel 1.45 gr/l. De todas maneras, la ahora fallecida fiscal María Inés Domínguez siempre sostuvo que el dosaje se realizó de manera correcta.
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Los argumentos
¿Con qué argumentos los jueces de la Cámara de Apelaciones le otorgaron el beneficio a García Aliverti? Básicamente, por buena conducta y porque estudia en el penal en el que está alojado, que es la Unidad N° 31 del Servicio Penitenciario Federal.
“El Departamento Técnico Criminológico del Servicio Penitenciario Federal concluyó, por unanimidad, que el penado registra un pronóstico de reinserción social favorable, carece de sanciones disciplinarias, ha reflejado una buena adaptación a las normas vigentes intramuros, al trato con sus pares y al personal penitenciario”, dice el escrito en el cual se apoyaron los magistrados.
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Además, el mismo informe recalca que “su referente afectivo (padre) lo ha acompañado de manera comprometida desde el momento de su detención”.
Según la cronología carcelaria de Aliverti hijo, señalada en el fallo, ha sido “incorporado al período de prueba el 12/6/2023″ y que, previamente, “ha avanzado por la totalidad de los regímenes propuestos: fase de consolidación -29/6/2022-, fase de confianza -8/3/2023″.
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Vale destacar que la jueza de ejecución penal fue la primera en rechazar esta solicitud y por eso fue apelada. Pero quien se interpuso para que Aliverti aún no salga en libertad fue la Fiscalía General de San Isidro.
En un escrito de 12 fojas, el Ministerio Público Fiscal se opuso a la libertad argumentando, entre otras cosas, que el beneficio para el detenido resulta “apresurado” teniendo en cuenta que “le restarían más dos años por cumplir si se tiene en cuenta que el agotamiento operará el día 10 de octubre del año 2025, por lo que el beneficio luce prematuro aun teniendo en cuenta la predisposición destacada de su grupo familiar”.
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Otro punto en el que se basaron los jueces del tribunal de apelaciones para darle la libertad condicional a García Aliverti, es que el condenado “participa activamente de las actividades propuestas por el área, capacitándose en cursos de formación académica dictados por la Universidad Tecnológica Nacional”. En contraposición, para el fiscal esto no debe ser tomado en cuenta de esa manera porque Aliverti ya venía con estudios y puede ser considerado un preso “ABC 1″.

La fiscalía cerró su escrito de apelación, que dejó en suspenso la libertad asistida de Aliverti, asegurando: “Las irregularidades en las que se incurrió al dictar la resolución (NdR: se refiere a fallo de la Cámara de Apelaciones), desconociendo los requisitos legalmente establecidos que, por lo antes expuesto, no han sido cumplidos, demuestran que el beneficio concedido resulta desacertado e ilegítimo, razones por las que debe revocarse la libertad asistida indebidamente otorgada”.
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Ahora, será la Cámara de Casación Bonaerense la que deba expedirse al respecto. Los plazos, en estos casos, son un enigma. Mientras tanto, quedó un solo familiar de Rodas solicitando justicia: es su hijo, que en el momento de la muerte de su padre, era menor de edad.
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